Decreto 7/2021, de 22 de febrero, por el cual se aprueba el Plan de ordenación de los recursos naturales (PORN) de S'Albufera de Mallorca y se modifica el Decreto 4/1988, de 28 de enero, por el cual se declara parque natural S'Albufera de Mallorca

SecciónI. Disposiciones generales
Rango de LeyDecreto

El Parque Natural de S'Albufera de Mallorca fue el primer parque natural de las Illes Balears, declarado mediante el Decreto 4/1988, de 28 de enero. Es el humedal más extenso de las islas y está situado en la costa nordeste de Mallorca, en los municipios de Muro y Sa Pobla. Se declaró en el marco de la Ley 15/1975, de 2 de mayo, de espacios naturales protegidos, momento en el cual todavía no se aprobaban planes de ordenación de los recursos naturales (PORN), motivo por el cual S'Albufera de Mallorca nunca ha tenido uno. Aun así, es el espacio protegido con mayor experiencia de gestión, dado que ya ha cumplido los treinta años. A lo largo de estos años S'Albufera de Mallorca ha experimentado muchos cambios, reflejo de las circunstancias variantes de su entorno.

La declaración de esta zona como parque natural se materializó mediante el Decreto 4/1988, de 28 de enero, por el cual se declara parque natural S'Albufera de Mallorca (BOCAIB n.º 19, de 13 de febrero de 1988). Este ha sido modificado en varias ocasiones: por el Decreto 116/1994, de 22 de noviembre (BOCAIB n.º 152, de 13 de diciembre de 1994), por el Decreto 40/2002, de 15 de marzo (BOIB n.º 35, de 21 de marzo de 2002) y por el Decreto 52/2003, de 17 de mayo (BOIB n.º 82, de 10 de junio de 2003), si bien este último se anuló mediante un acuerdo del Consell de Govern de 30 de enero de 2004 (BOIB n.º 19, de 7 de febrero de 2004).

Fue declarado Humedal de Importancia Internacional (RAMSAR), por acuerdo del Consejo de Ministros del 25 de julio de 1987. El espacio protegido Red Natura 2000 ES0000038 S'Albufera de Mallorca también fue declarado zona de especial protección para las aves mediante el Decreto 28/2006, de 24 de marzo, por el cual se declaran zonas de especial protección para las aves (ZEPA) en el ámbito de las Illes Balears, ampliado en 2010, mediante el Acuerdo del Consell de Govern de día 9 de julio de 2010 sobre la ampliación de la zona de especial protección para las aves (ZEPA) de S'Albufera de Mallorca (ES0000038) (BOIB n.º 107, de 17 de julio de 2010).

S'Albufera de Mallorca se incluyó como lugar de importancia comunitaria (LIC) en la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea (DOUE 259, de 21 de septiembre de 2006), actualizada varias veces hasta la Decisión de ejecución de la Comisión de 7 de noviembre de 2013, por la que se adopta la séptima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea (DOUE 350, de 21 de diciembre de 2013). Más recientemente, mediante el Acuerdo del Consell de Govern de las Illes Balears de 27 de marzo de 2015, el LIC ES5310125 Albufera de Mallorca fue declarado Zona Especial de Conservación (ZEC). El espacio es uno de los ámbitos incluidos en el Plan de Gestión Natura 2000 de las Albuferas de Mallorca aprobado por el Decreto 14/2015, de 27 de marzo, por el que se aprueban cinco planes de gestión de determinados espacios protegidos Red Natura 2000 de las Illes Balears.

A pesar de la carencia de PORN, se han aprobado dos planes rectores de uso y gestión de S'Albufera, uno en 1990 y el otro en 1999. La experiencia acumulada a lo largo de estos treinta años supone un bagaje de conocimiento en gestión del espacio muy útil a la hora de proponer finalmente un PORN que pueda proporcionar el apoyo adecuado. De acuerdo con lo que establece la vigente Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, los PORN son los instrumentos específicos para la delimitación, tipificación, integración en red y determinación de su relación con el resto del territorio, de los sistemas que integran patrimonio y los recursos naturales de un determinado ámbito espacial, con independencia de otros instrumentos que pueda establecer la legislación autonómica.

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de S'Albufera de Mallorca se formula en aplicación de las disposiciones de la Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Illes Balears y de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO) y de la Ley 42/2007. Estas disposiciones son de aplicación en todos los aspectos que este PORN no prevé de manera expresa.

Lo primero que cabe destacar de este Decreto que aprueba el PORN de S'Albufera de Mallorca es que se amplían, en aproximadamente 390 hectáreas, los límites del actual Parque natural, lo que supone un incremento de un 24% de la superficie actual. Esta ampliación –que se hace mediante la modificación del Decreto 4/1988– incluye una buena parte del humedal contiguo de los marjales de Sa Pobla y Muro, así como ampliaciones de menor entidad hacia el sudeste y el norte. También se añade la zona de Son Bosc, espacio que ha sido objetivo claro de incorporación durante los últimos treinta años. También cabe destacar otra ampliación de menor superficie como es la playa de Es Comú, fundamental para restaurar, en lo posible, el sistema playa-duna. La gestión y protección de este sistema tiene una relevancia especial en el PORN, como corresponde a un ecosistema frágil, degradado y excepcional. La ampliación incorpora muchas propiedades privadas, cosa que implica la inclusión de varias actividades que, hasta ahora, solo eran testimoniales dentro de los límites del parque natural vigentes hasta la fecha.

Aparte de la ampliación de los límites del Parque, también cabe destacar la declaración de una zona periférica de protección y de corredores ecológicos. Ambos conjuntos de elementos garantizan un colchón protector para el humedal y el sistema dunar en cuestiones de actividades humanas y conservación del paisaje. Asimismo, protegen parte de las aportaciones hídricas más próximas al espacio natural originadas en los torrentes que nutren el humedal y las acequias de los marjales. El PORN incluye mecanismos para conseguir la conectividad ecológica del territorio, estableciendo corredores entre aquellos espacios naturales de singular relevancia para la biodiversidad. Los corredores ecológicos son una serie de humedales próximos que forman parte de los desplazamientos habituales de ciertas especies de fauna, especialmente aves y peces, que viven en el espacio protegido o lo visitan, además de formar parte del sistema hídrico. En este sentido, cabe destacar que, mediante el Acuerdo del Consell de Govern de 18 de enero de 2019, se aprobó la declaración y la ampliación de zonas de especial protección para las aves en el ámbito de las Illes Balears, que incorpora a la Red Natura 2000 el humedal de Maristany.

La gestión hídrica y la protección de la calidad y el volumen de las aguas que constituyen la base de S'Albufera son algunos de los principales objetivos del presente PORN. En este contexto, cabe reseñar la extensión de la zona de exclusión delimitada, la zona de máxima protección, a causa de las características propias del humedal, inaccesible en gran proporción. Este rasgo condiciona que los espacios abiertos a usos públicos diversos sean limitados. Cabe destacar por último que, a causa de su íntima dependencia del agua que le llega, a diferencia de otros ecosistemas, S'Albufera ha sufrido y está sufriendo grandes cambios en su apariencia, fauna y flora, causados por la presión del entorno próximo y los cambios hídricos producidos en su cuenca hidrológica e hidrogeológica. El presente PORN pone al alcance de los...

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