Decreto 6/2019, de 1 de febrero, por el que se crea y regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto
Núm. 15
2 de febrero de 2019
Fascículo 20 - Sec. I. - Pág. 3803
http://boib.caib.esD.L.: PM 469-1983 - ISSN: 2254-1233
Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO DE GOBIERNO
821 Decreto 6/2019, de 1 de febrero, por el que se crea y regula el Registro de Agrupaciones
Empresariales Innovadoras de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado mediante la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, establece en su artículo 30.44
que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de investigación, innovación y desarrollo científico y técnico, y en el
establecimiento de líneas propias de investigación y seguimiento, control y evolución de los proyectos.
La Ley 7/1997, de 20 de noviembre, de la investigación y del desarrollo tecnológico, establece los instrumentos necesarios para definir las
líneas prioritarias de actuación en materia de investigación científica y técnica; programar los recursos, y coordinar las actuaciones entre los
sectores productivos, los centros de investigación y las universidades. Estos son los grandes principios que la inspiran para una política
científica integral.
Para llevar a cabo estos principios, la Ley 7/1997 establece el Plan Balear de Investigación y Desarrollo Tecnológico, que es el conjunto de
programas coordinados, presupuestados, priorizados y financiados que responden a la política científica y tecnológica de la Comunidad
Autónoma.
El Plan de Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento de las Illes Balears 2013-2017 vigente (Plan CTIE 2013-2017) incluye, en la
línea de actuación de retasación del conocimiento, el programa «Clústeres basados en el conocimiento» y dispone poner en marcha el
Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
Por otra parte, el fortalecimiento de clústeres forma parte, desde hace años, de la estrategia europea de innovación. En las nuevas políticas
desarrolladas en Europa, por medio de las estrategias de especialización inteligente, los clústeres son considerados importantes agentes de
innovación, al igual que el Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020)-Horizonte 2020.
En el ámbito estatal, la nueva Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2013-2020 plantea la necesidad de reforzar el papel
de los clústeres como agentes capaces de fomentar la colaboración entre universidades y centros de I+D y el tejido productivo como medida
de mejora de la competitividad.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Estrategia Regional de Innovación para la Especialización Inteligente de las
Illes Balears (RIS.3 IB) incluye el programa de redes y clústeres con los objetivos de facilitar el acceso de las empresas, especialmente de las
pymes, a la innovación, el conocimiento y las tecnologías que se desarrollan en el ámbito europeo e internacional, y de dar apoyo a los
clústeres como instrumentos de gestión de proyectos estratégicos de innovación abierta en cooperación internacional.
El Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, define las
agrupaciones empresariales innovadoras como estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes, como empresas
innovadoras de nueva creación y pequeñas, medias y grandes empresas, y también organizaciones de difusión de investigación y
conocimiento, organizaciones sin ánimo de lucro y otros agentes económicos relacionados. El objetivo de estas ayudas es estimular la
actividad innovadora mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimiento teórico y práctico, como
también mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimiento, la creación de redes, la difusión de información y la
colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.
Desde la perspectiva de esta definición, como también de la Orden IET/1444/2014 de 30 de julio, que regula el Registro de Agrupaciones
Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, una agrupación empresarial innovadora (AEI) se concibe como la
combinación, en un espacio geográfico o un sector productivo, de empresas y centros de investigación y de formación públicos o privados,
involucrados en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas o beneficios derivados de la ejecución de proyectos
conjuntos de carácter innovador. La actividad de la AEI se tiene que organizar en torno a una rama o sector científico o tecnológico o de un
mercado o segmento objetivo.
La AEI tiene que disponer de una masa crítica que permita asegurar la competitividad y la visibilidad internacionales de las empresas que
agrupa, especialmente de las pymes, e impulsar la práctica de la innovación y la internacionalización.
En el ámbito de las Illes Balears hay que identificar las agrupaciones que tienen unas condiciones suficientes en términos de
http://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2019/15/1026510

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