Decreto 36/2015, de 15 de mayo, por el que se constituye la Mesa de Diálogo Permanente con padres y madres del alumnado de las Illes Balears
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | CONSEJO DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, en su título preliminar, artículo 5, garantiza la libertad de asociación de padres y madres del alumnado, y atribuye a las administraciones educativas la misión de favorecer el ejercicio de este derecho, así como la formación de federaciones y confederaciones.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, recoge en su título V, “Participación, autonomía y gobierno de los centros”, artículo 119.5, el derecho de los padres y las madres de los alumnos a participar en el funcionamiento de los centros docentes a través de sus asociaciones, por lo que las administraciones educativas favorecerán la formación y la información que se les dirija.
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
El Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, regulador de las asociaciones de madres y padres de alumnos en los consejos escolares de los centros públicos y concertados, en su artículo 5, asigna a estas entidades, entre otras funciones, la de facilitar la representación y la participación de padres y madres en los consejos escolares de centros públicos y concertados, y en otros órganos colegiados.
La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, define y regula en su artículo 17 los órganos colegiados de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El Decreto 188/2003, de 28 de noviembre, por el que se regulan las asociaciones de padres y madres de alumnos, y las federaciones y confederaciones de estas, reconoce en su artículo 5 la finalidad de promover la representación y participación de los padres y las madres de los alumnos en los consejos escolares de los centros públicos y concertados, y otros órganos colegiados.
El Decreto 15/2014, de 12 de diciembre, del presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y que otorga la competencia en materia de coordinación general de las infraestructuras y de los servicios educativos; planificación educativa; coordinación, régimen orgánico y funcionamiento de los centros docentes; centros concertados y privados...
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