Decreto 35/2018, de 2 de noviembre, de modificación del Decreto 33/2018, de 19 de octubre, de determinación de ayudas urgentes y de carácter excepcional para reparar y paliar pérdidas y daños producidos por las lluvias en la comarca de Levante de Mallorca el día 9 de octubre de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Noviembre de 2018
SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La gran cantidad de lluvia caída el día 9 de octubre de 2018, en pocas horas, en la comarca de Levante de la isla de Mallorca, y las inundaciones que esto comportó, ocasionaron daños muy importantes en bienes muebles e inmuebles de propiedad privada, como también en infraestructuras, equipamientos, instalaciones y servicios de carácter público.

Ante esta situación gravísima y excepcional, que incluso ha costado vidas humanas, el Gobierno de las Illes Balears aprobó el Decreto-ley 2/2018, de 18de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca, con el fin de contribuir a recuperar la normalidad de las zonas afectadas de los municipios de Artà, Capdepera, Manacor, Sant Llorenç des Cardassar y Son Servera.

Por lo anterior, teniendo en cuenta la situación de necesidad que se ha generado en los ciudadanos, y en desarrollo del mencionado Decreto-ley 2/2018, se ha aprobado el Decreto 33/2018, de 19 de octubre.

Una vez entrado en vigor este Decreto 33/2018, vista la naturaleza de las ayudas se ha considerado más adecuado que la gestión de las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados se efectúe desde la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria. Por ello, mediante Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 30 de octubre de 2018 (publicada en el BOIB n.º 137, de 1 de noviembre), las competencias otorgadas por el Decreto-ley 2/2018, de 18 de octubre, al mencionado consejero para dictar la resolución de concesión de dichas ayudas se han delegado en el consejero de Trabajo, Comercio e Industria, lo cual hace necesario efectuar modificaciones en el Decreto 33/2018.

Por otra parte, vista la naturaleza urgente y sectorial de las ayudas, se considera adecuado eliminar la Comisión Evaluadora Única que prevé el artículo 7 del Decreto33/2018. A la vez, se aprovecha la ocasión para dotar de un nuevo contenido el artículo 7 en relación con la tramitación de las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados.

Por ello, a propuesta conjunta de las consejeras de Presidencia y de Hacienda y Administraciones Públicas, y del consejero de Territorio, Energía y Movilidad, y previa consideración del Consejo de Gobierno en su sesión del día 2 de noviembre de 2018,

DECRETO

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