Decreto 29/2016 de 20 de mayo, por el que se modifica el Decreto 34/2015, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007 de 28 de febrero, (BOIB núm. 32 ext., de 1 de marzo), establece en el artículo 36.2 que corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, establece en el artículo 6 bis que corresponde al Gobierno del Estado, entre otras competencias, el diseño del currículo básico en relación con los objetivos, las competencias, los contenidos, los criterios de evaluación, los estándares y los resultados de aprendizaje evaluables que garantice el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones a las que se refiere esta Ley orgánica.

El 3 de enero de 2015, se publicó el Real decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el cual se establece el currículo básico de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato. De acuerdo con el artículo 3.1.c de este Real decreto, corresponde al Gobierno de las Illes Balears dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones que sean necesarias para establecer el currículo de la educación secundaria obligatoria.

En ejercicio de estas competencias, se aprobaron el Decreto 34/2015, de 15 de mayo, por el cual se establece el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears, y la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 20 de mayo por la que se desarrolla el currículo de la educación secundaria obligatoria en las Illes Balears.

Vista la necesidad de mejorar la calidad de la enseñanza y con el fin de favorecer y potenciar la educación secundaria obligatoria, la autonomía de los centros, la innovación pedagógica, el trabajo por proyectos de contenido competencial, la interdisciplinariedad y el trabajo en equipo, se considera necesario establecer una serie de modificaciones de determinados aspectos de los artículos del Decreto 34/2015 que hacen referencia a los objetivos, a los principios metodológicos y pedagógicos, al proceso de aprendizaje y a la atención personalizada, a la estructura y la organización del primer y el segundo ciclo de ESO, a los elementos transversales, a la concreción curricular y a la participación de los padres y tutores legales en el proceso educativo. También se modifica la parte del anexo 1 referente al currículo de las Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas y al de las Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas. Finalmente, se deroga el artículo 16, relativo a las lenguas de enseñanza.

Con respecto a la modificación del anexo 1, esta se lleva a cabo respetando las competencias propias de...

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