Decreto 28/2018, de 7 de septiembre, por el que se regulan varios aspectos del Consejo Asesor de Derecho Civil de las Illes Balears
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | CONSEJO DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Decreto |
El Consejo Asesor de Derecho Civil de las Illes Balears (abreviadamente, Consejo de Derecho Civil) fue creado por la disposición adicional quinta de la Ley 7/2017, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de derecho civil de las Illes Balears. El Consejo de Derecho Civil sustituye a la Comisión Asesora de Derecho Civil de las Illes Balears, regulada por el Decreto 9/2009, de 13 de febrero, modificado por el Decreto 2/2012, de 27 de enero.
Por lo tanto, se hace necesaria la aprobación de un decreto que regule varios aspectos de carácter organizativo para facilitar la actuación del Consejo de Derecho Civil, como su adscripción a efectos administrativos, la forma de nombrar a sus miembros y el régimen de indemnizaciones y gratificaciones, así como la manera en que la Comisión Asesora de Derecho Civil debe traspasarle los archivos y la documentación.
La regulación de este decreto, de acuerdo con los principios previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, queda suficientemente justificada, dado que regula aspectos organizativos imprescindibles para favorecer el buen funcionamiento del Consejo de Derecho Civil, y se cumplen los principios de seguridad jurídica y de forma suficiente, teniendo en cuenta la naturaleza organizativa de la disposición.
Por todo ello, a propuesta de la consejera de Presidencia y previa consideración del Consejo de Gobierno en su sesión de día 7 de septiembre de 2018,
DECRETO
Adscripción y apoyo administrativo
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El Consejo Asesor de Derecho Civil de las Illes Balears, creado por la disposición adicional quinta de la Ley 7/2017, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, se adscribe, a efectos de apoyo administrativo, a la Consejería de Presidencia.
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La sede del Consejo de Derecho Civil es la de la Consejería de Presidencia.
Nombramientos y toma de posesión
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Una vez que, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2.4 de la disposición adicional quinta de la Ley 7/2017, el Gobierno de las Illes Balears y los consejos insulares hayan designado a los diez miembros del Consejo de Derecho Civil, el Consejo de Gobierno de las Illes Balears acordará el nombramiento de los diez vocales...
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