Decreto 21/2016, de 22 de abril, de modificación del Decreto 93/2011, de 2 de septiembre, por el cual se crea la Comisión de Análisis y de Propuesta de Reestructuración del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El Decreto 93/2011, de 2 de septiembre, creó la Comisión de Análisis y de Propuesta de Reestructuración del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El último párrafo del preámbulo del Decreto 93/2011 indica que «Por otra parte, el Decreto 13/2011, de 18 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia, mediante la modificación efectuada por el Decreto 22/2011, de 6 de julio, crea un órgano específico de control presupuestario, la Oficina de Control Presupuestario, al cual atribuye expresamente la función de impulsar la aplicación de las medidas de ordenación del sector público instrumental que prevé la Ley 7/2010».

El artículo primero del Decreto 93/2011 adscribió a la Presidencia la citada Comisión. El artículo tercero estableció la composición de la Comisión, que se correspondía con la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears vigente en el momento de aprobación del Decreto y en el momento en que este fue modificado por el Decreto 44/2013, de 20 de septiembre.

El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, determina la composición del Gobierno y establece una nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante la creación, extinción y modificación de varias consejerías.

El Decreto 18/2015, de 16 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, regula la estructura orgánica del Gabinete de la Presidencia.

El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, establece las competencias y la nueva estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de acuerdo con el mismo, el control presupuestario y la tutela de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico respecto de la legislación general y en materia de hacienda aplicable a dichos entes corresponde a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por lo tanto, es necesario modificar la composición de la Comisión de Análisis y de Propuesta de Reestructuración del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y su adscripción a la Presidencia, de acuerdo con la estructura orgánica y las competencias actuales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 8/2015, el Decreto 18/2015 y...

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