Decreto 16/2021, de 15 marzo, por el que se regula la Dirección de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas

SecciónI. Disposiciones generales
Rango de LeyDecreto

Las consecuencias de la pandemia de la COVID-19 en la salud y en la economía requieren respuestas rápidas y coordinadas de los poderes públicos para proteger la salud de las personas y paliar y revertir el impacto económico y social.

Por eso, el Consejo Europeo acordó, el 21 de julio de 2020, un paquete de medidas para impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación de la Unión Europea. Estas medidas se articulan mediante dos vías: el Instrumento Europeo de Recuperación, también llamado Next Generation EU, con una dotación de 750.000 millones de euros; y el marco financiero plurianual (MFP) para los ejercicios 2021-2027.

La disposición adicional décima , primer apartado, de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021, prevé que el Govern debe realizar las actuaciones necesarias para reorganizar el Centro Baleares Europa, con objeto de ampliar sus funciones en el ámbito de la acción exterior, y también en el ámbito de la gestión de los fondos europeos y de la evaluación de la eficacia y la eficiencia de los gastos y las inversiones públicas a las que hace referencia el apartado siguiente, y con objeto de agilizar su funcionamiento y la dotación de los recursos humanos y materiales que hagan falta para ello mediante, si procede, la cesión global de los activos y pasivos del Centro a una nueva fundación del sector público autonómico.

Así mismo, el segundo apartado de la misma disposición adicional establece que el Govern de les Illes Balears, por medio de los órganos y las unidades competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma, y con el apoyo material del ente instrumental mencionado en el apartado anterior, debe reforzar y consolidar un sistema de gestión, evaluación y control de la aplicación de los fondos que reciba la comunidad autónoma de las Illes Balears en concepto de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR) y, en general, del conjunto de los fondos europeos.

En cumplimiento de este último apartado se ha creado la Dirección de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas, que se regula en este Decreto, como el órgano que debe desarrollar estas funciones, que contará, en su caso, con el apoyo de la nueva fundación del sector público autonómico cuya creación se prevé en el apartado primero de la disposición adicional décima de la Ley 3/2020.

El Instrumento Europeo de Recuperación se fundamenta, a su vez, en tres pilares:

  1. El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MMR), destinado a apoyar los esfuerzos de los estados miembros para recuperarse, reparar los daños y salir reforzados de la crisis.

  2. La ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), que se canaliza a través de los fondos FEDER, FSE y FEAD, y que pretende una recuperación ecológica, digital y resiliente.

  3. El reforzamiento de los proyectos claves de la Unión Europea para extraer las enseñanzas de la crisis, fortalecer el mercado único y acelerar la doble transición digital y ecológica.

Cada estado miembro debe elaborar un proyecto de país. En el Estado español, este proyecto es el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, al que se...

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