Decreto Foral 18/2012, del Consejo de Diputados de 13 de marzo, que modifica para el año 2012 del Decreto Foral 20/2011, de 22 de marzo, sobre normativa reguladora de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar a las personas con dependencia Grado I (Dependencia Moderada), Nivel 2.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Servicios Sociales
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 18/2012, del Consejo de Diputados de 13 de marzo, que modifica para el año 2012 el Decreto Foral 20/2011, de 22 de marzo, sobre normativa reguladora de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar a las personas con dependencia Grado I (Dependencia Moderada), Nivel 2.

En aplicación del calendario establecido en la Disposición Final Primera de la Ley 39/2006, que disponía la efectividad progresiva y gradual del derecho a las prestaciones de dependencia incluidas en la misma, el Consejo de Diputados en ejercicio de sus competencias aprobó, con fecha 22 de marzo de 2011, el Decreto Foral 20/2011 que recoge la normativa reguladora de la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar a las personas con una dependencia Grado I (dependencia moderada), Nivel 2.

Dicho Decreto señala entre otros aspectos la obligación de las personas cuidadoras de reunir las condiciones de afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social en la forma establecida por el Real Decreto 615/2007 de 11 de mayo.

El Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, establece en su Disposición Final 14 la moratoria de un año en la incorporación de nuevas categorías de personas beneficiarias al sistema de dependencia, y en concreto de la dependencia moderada. Ello implica, la modificación de la Disposición final 1ª de la ley 39/2006, en el sentido que a partir del 31 de diciembre de 2011, quienes hayan sido valorados en grado I nivel 2 tendrán derecho a las prestaciones derivadas de la ley de dependencia a partir del 1 de enero de 2013.

La ley 39/2006 pretende la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía de la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para toda la ciudadanía en cualquier parte del Estado. Así, el Sistema se articula en tres niveles de protección, uno mínimo establecido y garantizado por la Administración General del Estado, un segundo que incrementa la protección del nivel mínimo acordado entre la Administración General del estado y la Administración de cada una de las Comunidades Autónomas, y un tercer nivel de protección adicional que puede establecer cada Comunidad Autónoma.

En aplicación de este tercer nivel adicional de protección, en el Territorio Histórico...

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