Decreto Foral 20/2011, del Consejo de Diputados de 22 de marzo, que aprueba la normativa reguladora de la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar de personas en situación de dependencia, en desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, Grado I (Dependencia Moderada), Nivel 2.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

La Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía del País Vasco, declara en el artículo 9.2.d) que los poderes públicos vascos, en el ámbito de su competencia, adoptarán aquellas medidas dirigidas a promover las condiciones y a remover los obstáculos para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean efectivas y reales.

En coherencia con ello, el artículo 10 del Estatuto establece que la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene competencia exclusiva, entre otras, en materia de Asistencia Social.

Por su parte, la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y lo Órganos Forales de sus Territorios Históricos, señala en su artículo 7.c) que corresponde a los Territorios Históricos la ejecución dentro de su territorio de la legislación de las Instituciones Comunes en materia de Asistencia Social, sin perjuicio de la acción directa de las Instituciones Comunes del País Vasco, indicándose así mismo en el artículo 8 que en las materias en que corresponda a los Territorios Históricos la ejecución, tendrán la potestad reglamentaria para la organización de sus propios servicios.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, ha establecido nuevas prestaciones, entre las cuales se encuentra la de facilitar la atención de personas dependientes por parte de sus familiares directos o de otras personas en su propio domicilio, evitando así su residencialización, articulándose a través de una prestación económica cuya ejecución, dentro de nuestro Territorio Histórico, exige un desarrollo reglamentario pormenorizado por lo que, con fecha 3 de agosto de 2010, el Consejo de Diputados aprobó el Decreto Foral 40/2010, que regula la prestación económica para cuidados en el entorno familiar de personas en situación de dependencia, procediendo a la derogación del Decreto Foral 70/2007, de 23 de octubre.

La Ley 39/2006 establece en su Disposición Final Primera que la efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia incluidas en la misma se ejercitará progresivamente, de modo gradual y se realizará de acuerdo con el calendario que señala y cuya fecha de comienzo es el día 1 de enero de 2007.

Durante los cuatro primeros años de vigencia de la Ley ha entrado en vigor la efectividad del derecho a las prestaciones de las personas valoradas en el Grado III (gran dependencia) y en el Grado II (dependencia severa). De...

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