Acuerdo 922/2007, del Consejo de Diputados de 16 de octubre, que aprueba la convocatoria del Concurso unitario 2007 para funcionarios de habilitación estatal.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyAcuerdo

El apartado 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, establece que, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, corresponde a las Instituciones Forales de los Territorios Históricos la facultad de convocar, exclusivamente para su territorio, los concursos para la provisión de plazas vacantes en el mismo reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal.

Dichos concursos se rigen por el artículo 99.1 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, según la redacción dada por el Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, y la Orden de 8 de septiembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de convocatoria conjunta y las bases comunes.

Existiendo en este Territorio Histórico de Alava puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, que no fueron ofertados por las respectivas Corporaciones Locales ni, por tanto, incluidos en el concurso ordinario convocado por Acuerdo del Consejo de Diputados de esta Diputación Foral 156/2007, de 27 de febrero, y otros, incluidos en dicho concurso, que fueron declarados vacantes por no haber resultado cubiertos, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, a propuesta del Diputado de Administración Local y Equilibrio Territorial y previa deliberación en Sesión del Consejo de Diputados celebrada en el día de la fecha,

ACUERDO

Primero. Se convoca CONCURSO UNITARIO para la provisión de los puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal que seguidamente se relacionan:

Secretarías de 1ª Perfil lingüístico Preceptivo o mérito
(Subescala: Secretaría; Categoría: Superior)
Ayuntamiento de Llodio 4 Preceptivo
Intervenciones de 1ª
(Subescala: Intervención-Tesorería; Categoría: Superior)
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz 4 Preceptivo
Intervenciones de 2ª
(Subescala: Intervención-Tesorería; Categoría: Entrada)
Ayuntamiento de Amurrio 3 Preceptivo
Tesorerías
(Subescala: Intervención-Tesorería;
Categoría: Entrada o superior, indistintamente)
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz 4 Preceptivo
Ayuntamiento de Llodio 4 Preceptivo
Secretarías de 3ª
(Subescala: Secretaría-Intervención)
Ayuntamiento de Aramaio 4 Preceptivo
Ayuntamiento de Campezo 3 Mérito
Segundo. El concurso se regirá por las siguientes

BASES

PRIMERA.- Participación 1.- Los funcionarios con habilitación de carácter estatal podrán concursar a los puestos de trabajo que, según su clasificación, correspondan a la Subescala y categoría a que pertenezcan.

Podrán participar, asimismo, los funcionarios no integrados en las actuales Subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la Disposición Transitoria Primera . 1. del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en los términos siguientes:

Los Secretarios de primera, en iguales condiciones que los funcionarios integrados en la Subescala de Secretaría, categoría superior.

Los Secretarios de tercera en iguales condiciones que los funcionarios integrados en la Subescala de Secretaría-Intervención.

Los Secretarios de Ayuntamiento "a extinguir" únicamente para Secretaría de Ayuntamiento de población inferior a 2.000 habitantes.

Los Interventores, en iguales condiciones que los funcionarios integrados en la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente para puestos de Intervención.

Los Depositarios, en iguales condiciones que los funcionarios integrados en la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente para puestos de Tesorería. 2.- En cualquier caso, están obligados a concursar a la totalidad de puestos ofertados en su Subescala y categoría los funcionarios con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR