Orden Foral 80/2007 que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del deporte universitario, durante el año 2007

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Cultura, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden foral

El Servicio de Deportes del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes, propone subvenciones para el desarrollo del deporte universitario, durante el año 2007, con una dotación de 12.300 € .

Se trata de mantener una línea de subvenciones existente en los últimos ejercicios y con voluntad de permanencia durante los próximos años, con la única salvedad de los créditos presupuestarios que se consignen en cada ejercicio, para ésta línea subvencionable que habrán de autorizarse y de las fechas de presentación de las correspondientes solicitudes de subvención, cuestión que será objeto de las convocatorias anuales que se realicen.

Por otro lado, se considera necesario establecer unas bases claras y concretas para acceder a estas subvenciones, que garanticen los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, comunes a cualquier convocatoria de subvenciones, tal como prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, de otra parte, la fijación de unos mecanismos que permitan conocer y controlar el destino de estas subvenciones.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen y de la delegación conferida por el Diputado General mediante Decreto Foral nº 139/03 de 15 de julio.

DISPONGO:

Primero. Aprobar la Convocatoria de subvenciones para el desarrollo del deporte universitario, durante el año 2007, por un importe de doce mil trescientos euros (12.300 € ).

Segundo. Aprobar las Bases que regirán la presente Convocatoria y que se incluyen en el Anexo a ésta Orden Foral.

Tercero. La consignación presupuestaria que ampara éste gasto es la 70.1.06.82.06.461.00.26 "Deporte Universitario", línea 70-0.174, contraído 105/552, por importe de 12.300 € , DEL Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava del ejercicio 2006, prorrogado para el ejercicio 2007.

Cuarto. Hacer público el correspondiente anuncio oficial en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

Quinto. El estudio y, la concesión o denegación de ayudas económicas, se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración del Diputado titular del Departamento, quien resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada.

Sexto. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, computándose dicho plazo, a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de ayuda.

Séptimo. La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el Diputado Foral titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente.

Octavo. La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las formas previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de febrero de 2007.- DIPUTADO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES.- FEDERICO VERASTEGUI COVIÁN.

Anexo a la Orden Foral

BASES

Convocatoria de subvenciones para el desarrollo del deporte universitario en el Territorio Histórico de Álava, durante el año 2007.

PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

Colaborar dentro de los límites presupuestarios, a la financiación de los gastos ocasionados por la realización de actividades de Deporte Universitario a realizar durante el año 2007, dentro del ámbito del Territorio Histórico de Álava.

Por actividades de Deporte Universitario se entiende todo tipo de actividades deportivas que no estén contempladas en las convocatorias de ayuda de Deporte Federado y que tengan como fines primordiales, la promoción o la iniciación deportiva en alguna modalidad deportiva, el facilitar la continuación en la práctica de actividades físico - deportivas como un ejercicio habitual de la persona, actividades de "creación de ambiente" o de formación de técnicos deportivos necesarios para su desarrollo.

Las subvenciones serán concedidas para ayudar a sufragar los gastos de las actividades (monitores, arbitrajes, tecnificación, desplazamientos, etc.) y para la adquisición del material deportivo necesario para la realización de las mismas.

SEGUNDA. Entidades beneficiarias.

Todo tipo de Asociaciones de universitarios, así como Facultades, Centros o Servicios, dependientes o adscritos al Vicerrectorado de Álava de la Universidad del País Vasco, o el propio Vicerrectorado del Campus de Álava.

TERCERA. Actividades subvencionables

Podrán ser objeto de subvención: a) Los programas anuales de actividades de Deporte Universitario. b) Actividades concretas de Deporte Universitario. c) Actividades de apoyo (promoción y divulgación) del Deporte Universitario consideradas de interés para la consecución de los objetivos que en materia de deportes tiene el Departamento de Cultura, Juventud y Deportes y desarrolladas directamente por las Entidades solicitantes o en régimen de colaboración o convenio con Entidades públicas y/o privadas.

CUARTA. Cuantía de las subvenciones.

La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.06.82.06.4.6.1.00.26, denominada "Deporte Universitario", por importe de 12.300 € , del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava del ejercicio 2006, prorrogado para el ejercicio 2007.

QUINTA.- Régimen de concesión.

La concesión de éstas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

SEXTA. Presentación de solicitudes. 1.- El plazo de presentación de...

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