Orden Foral 152/2007 que aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del deporte recreativo, a través de Entidades Locales del Territorio Histórico de Alava, para el año 2007.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Cultura, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden foral

El Servicio de Deportes del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes, propone la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Deporte Recreativo durante el año 2007, a través de Entidades sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Álava, con una dotación de 123.000 € .

Se considera necesario establecer unas bases claras y concretas para acceder a estas subvenciones, que garanticen los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, comunes a cualquier convocatoria de subvenciones, tal como prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, de otra parte, la fijación de unos mecanismos que permitan conocer y controlar el destino de estas subvenciones.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen y de la delegación conferida por el Diputado General mediante Decreto Foral nº 139/03 de 15 de julio.

DISPONGO:

Primero. Aprobar la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Deporte Recreativo, a través de Entidades sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Álava, durante el año 2007, por un importe de CIENTO VENTITRES MIL EUROS (123.000 € ).

Segundo. Aprobar las Bases que regirán la presente convocatoria y que se incluyen en el Anexo a ésta Orden Foral.

Tercero. La consignación presupuestaria que ampara éste gasto es la 70.1.06.82.06.461.00.02 "Deporte Recreativo", línea 70-0.150, contraído 105/740, del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava del ejercicio 2006, prorrogado para el ejercicio 2007.

Cuarto. Hacer público el correspondiente anuncio oficial en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

Quinto. El estudio y, la concesión o denegación de ayudas económicas, se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración del Diputado titular del Departamento, quien resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada.

Sexto. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de tres meses, computándose dicho plazo, a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de ayuda.

Séptimo. La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el Diputado Foral titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente.

Octavo. La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las formas previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de marzo de 2007.- El Diputado de Cultura, Juventud y Deportes, FEDERICO VERÁSTEGUI COBIAN.

Anexo a la Orden Foral CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DEL DEPORTE RECREATIVO DURANTE EL AÑO 2007 A TRAVÉS DE ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA.

BASES

PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

Colaborar dentro de los límites presupuestarios, a la financiación de los gastos ocasionados por la realización de actividades de Deporte Recreativo a realizar durante el año 2007, dentro del ámbito del Territorio Histórico de Álava.

Por actividades de Deporte Recreativo se entiende todo tipo de actividades deportivas que no estén contempladas en las convocatorias de subvenciones de Deporte Federado o de Deporte Escolar y que tengan como fines primordiales, la promoción, la iniciación o el perfeccionamiento en alguna actividad deportiva o la práctica de actividades físico-deportivas de mantenimiento, como un ejercicio habitual de la persona.

Estas ayudas deben entenderse como una contribución que,juntamente con las que puedan realizar otras Entidades tanto públicas como privadas, faciliten su realización.

SEGUNDA. Entidades Beneficiarias.

Todo tipo de asociaciones y entidades sin animo de lucro que tengan fijado su domicilio social en el Territorio Histórico de Alava.

TERCERA. Actividades subvencionables y cuantías por programas de deporte recreativo.

1-Podrán ser subvencionadas las actividades encaminadas a la promoción, la iniciación o el perfeccionamiento en alguna actividad deportiva o a la práctica de actividades físico-deportivas de mantenimiento a través de distintas actividades deportivas, como un ejercicio habitual de la persona, a través de los programas señalados en el punto dos de esta base.

Cuando para una misma actividad, campeonato, etc., sean realizadas solicitudes por la entidad promotora u organizadora y por alguna entidad participante en dicha actividad solo se tendrá en cuenta la solicitud de la entidad organizadora. 2. -Se fijan como subvencionables los siguientes programas y con las cuantías asignadas a cada uno de ellos: a) 45.000 euros como subvención a asociaciones sin fines de lucro para " Programas anuales y actividades puntuales de deporte recreativo". Dentro de este programa se contemplarán la actividad o el conjunto de actividades de deporte recreativo para jóvenes y adultos que se realicen a lo largo del año 2007 no contempladas específicamente en los puntos b), c) d) y e) de esta base. b) 27.000 euros como subvención a asociaciones sin fines de lucro para el programa "Campeonatos o ligas de deporte recreativo de distintas modalidades deportivas". Dentro de este programa se contemplarán los campeonatos o ligas de deporte recreativo que se realicen a lo largo del año 2007. c) 31.000 euros como subvención a asociaciones sin fines de lucro para el programa "Actividades de mantenimiento fisico-deportivo para jóvenes y adultos". Dentro de este programa se contemplarán las actividades de mantenimiento físico deportivo para jóvenes y adultos a través de distintas actividades deportivas (gimnasia de mantenimiento, aeróbic, artes marciales, etc.) a lo largo del año 2007.

No obstante, la cantidad destinada para este apartado c), podrá ser incrementada, hasta el límite del saldo existente en la partida presupuestaria mencionada en la Base Cuarta, una vez resueltas las solicitudes referidas al resto de apartados de esta Base. d) 13.000 euros como subvención a asociaciones sin fines de lucro para el programa "Campaña de actividades náuticas". Dentro de este programa se contemplaran las actividades deportivas náuticas (piragüismo, vela, esquí náutico etc.) que se realicen a lo largo del año 2007. e) 7.000 euros como subvención a asociaciones sin fines de lucro que no figuren como partida nominativa en los presupuestos del 2007 para el programa de "Actividades de mantenimiento físicodeportivo dirigidas a colectivos de discapacitados" que se realicen a lo largo del año 2007.

CUARTA. Disponibilidad Presupuestaria.

La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.06.82.06.4.6.1.00.02, denominada "Deporte Recreativo", por importe de 123.000 € , del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava del ejercicio 2006, prorrogado para el ejercicio 2007.

El importe de las subvenciones que se concedan en ningún caso podrán ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras entidades, supere el costo de la actividad a realizar por su beneficiario.

QUINTA.- Régimen de concesión.

La concesión de éstas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

SEXTA. Presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación a que hace referencia la base séptima, comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, y su terminación será la siguiente: a) Para los "Programas anuales y Actividades puntuales de deporte recreativo": el día 18 de mayo de 2007. b) Para los "Campeonatos o ligas de deporte recreativo": el día 18 de mayo de 2007. c) Para las " Actividades de mantenimiento físico-deportivo para jóvenes y adultos": d) 1. Para las actividades programadas en el primer semestre de 2007: el día 18 de mayo de 2007. e) 2. Para las actividades programadas en el segundo semestre de 2007: el día 31 de octubre de 2007. f) Para el programa "Campaña de actividades nauticas": el día 15 de octubre de 2007. g) Para el programa de "Actividades de mantenimiento físicodeportivo dirigido a colectivos de discapacitados": el día 18 de mayo de 2007. 1.- La presentación de solicitudes se hará en el Registro General...

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