ORDEN FORAL 47/2005, de 3 de octubre, por la que se convoca concurso número 1/2005 para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Foral de Bienestar Social y se aprueban las bases de la convocatoria.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 21 de Octubre de 2005 , * B.O.T.H.A. Num. 118I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Órdenes ForalesI - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA DEPARTAMENTO DE ASUNTOS SOCIALES Ref. 6.677ORDEN FORAL 47/2005, de 3 de octubre, por la que se convoca concurso número 1/2005 para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Foral de Bienestar Social y se aprueban las bases de la convocatoria. Existen puestos de trabajo del Instituto Foral de Bienestar Social vacantes, reservados para su cobertura a personal funcionario, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Relación de Puestos de Trabajo y en el artículo 46 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, reformada por la Ley 16/1997, de 7 de noviembre. Se ha realizado la negociación con la representación del personal del Instituto Foral de Bienestar Social, conforme a lo previsto en el artículo 32.g) de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, reformada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, el 25 de junio de 2004. De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto Foral 2/2004 del Consejo de Diputados de 13 de enero, que aprueba el Reglamento de estructura y funcionamiento del organismo autónomo Instituto Foral de Bienestar Social, DISPONGO: PRIMERO.- Convocar el concurso número 1/2005 para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Foral de Bienestar Social. SEGUNDO.- Aprobar las bases de la convocatoria y la relación de puestos vacantes que se adjuntan como anexos I y II respectivamente. TERCERO.- Contra esta Resolución podrá interponerse, a partir del día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Vitoria-Gasteiz, a 3 de octubre de 2005.- La Diputada de Asuntos Sociales, AINHOA DOMAICA GOÑI. Anexo I BASES DE LA CONVOCATORIA NÚMERO 1/2005 PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE CONCURSO, DE PUESTOS DE TRABAJO DEL INSTITUTO FORAL DE BIENESTAR SOCIAL PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente Convocatoria la provisión, por el sistema de concurso, de los puestos de trabajo vacantes que se relacionan en el Anexo II de la presente convocatoria. SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS CONCURSANTES. 1.- Podrán tomar parte en la presente convocatoria, los funcionarios de carrera del Instituto Foral de Bienestar Social que reúnan los siguientes requisitos: a) Encontrarse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias en situación de servicio activo, servicios especiales y excedencia para el cuidado de los hijos. Asimismo, podrán concurrir reingresando al servicio activo a través de concurso de provisión de puestos, quienes se encuentren en situación de excedencia forzosa en servicio en otras Administraciones Públicas y los suspensos y excedentes voluntarios, siempre que hubieran cumplido el tiempo de permanencia establecido para tales situaciones. b) No haber obtenido destino definitivo, mediante el sistema de Concurso, en los dos años anteriores a la publicación de la presente convocatoria. El citado límite temporal no será de aplicación cuando el funcionario hubiera sido objeto de adscripción provisional a un puesto de trabajo por alteración del contenido del puesto que desempeñaba, por supresión o por renuncia aceptada por el Órgano que efectuó el nombramiento. c) Reunir los requisitos que para cada puesto de trabajo se especifican en el anexo II. 2.- Deberán participar en este concurso los funcionarios que se encuentren en adscripción provisional. TERCERA.- SOLICITUD DE DESTINO. Deberá hacerse constar en la instancia los puestos a los que se opta por orden de preferencia. No serán admitidas solicitudes de renuncia fuera del plazo de presentación de instancias, a excepción de las realizadas durante el período habilitado a tal efecto según lo expuesto en la Base SÉPTIMA de la presente convocatoria, salvo que antes de la finalización del plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública. CUARTA.- COMISIÓN DE VALORACIÓN. Los méritos alegados por los concursantes...

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