Convenio específico Centro de Día Isozaki Atea Bilbao

SecciónAdministración Foral del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorDepartamento de Acción Social

En Bilbao, 3 de abril de 2009.

REUNIDOS.

De una parte, el Ilmo. Sr. don Juan María Aburto Rike, diputado foral del Departamento de Acción Social, en nombre y representación de la Diputacion Foral de Bizkaia, y.

De la otra, don José Ignacio Ortiz Etxebarria en representación de Bideak-Bizkaiko Bideak S.A. Sociedad Pública Unipersonal, con N.I.F. A-48882831, domiciliada en Bilbao, Plaza del Museo, 1, 3.a planta, inscrita al Registro Mercantil de Bizkaia en el tomo 3496, folio 221, hoja BI-18765, inscripción 25, expresamente facultado al efecto por acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad de fecha 1 de diciembre de 2008.

Se reconocen la capacidad legal necesaria, en función de la representación que tienen encomendada, para suscribir el presente convenio específico, en virtud de los siguientes:

ANTECEDENTES.

I. Con fecha 11 de julio de 1998 entró en vigor la Norma Foral 6/1998, de 30 de junio, por la que se establecen las reglas fundamentales que habrán de regir en las encomiendas para la construcción y/o explotación de carreteras y otras infraestructuras de competencia de la Diputación Foral de Bizkaia por Sociedades Públicas Forales.

II. Asimismo, la Junta General de accionistas de la Sociedad Bideak-Bizkaiko Bideak, S.A. amplió su objeto social, el día 3 de abril de 2000, con el fin de poder acometer, entre otras, las infraestructuras sociales que le encomiende la Diputación Foral de Bizkaia a instancias del Departamento de Acción Social y en el ámbito de su competencia.

III. En el artículo segundo de la citada Norma Foral se establece que la encomienda se instrumentará mediante la conclusión de los correspondientes convenios generales y/o específicos, que habrán de ser celebrados por la Diputación Foral.

IV. Con fecha 25 de septiembre de 2006 la Diputación Foral de Bizkaia y Bideak-Bizkaiko Bideak, S.A. concluyeron un Convenio General cuyo objeto fue el establecimiento de las reglas generales reguladoras de las relaciones entre ambas partes en orden a la correcta realización de las encomiendas que, a esta última, le sean efectuadas por la Diputación Foral de Bizkaia.

V. En cumplimiento de tal previsión, el Consejo de Administración de Bideak-Bizkaiko Bideak S.A., en su reunión de fecha 22 de julio de 2008, y el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia, a propuesta y elevado por el diputado de Acción Social, en su reunión de fecha 24 de marzo de 2009, han aprobado el presente convenio específico junto con sus anexos, de acuerdo con lo estipulado en las siguientes:

BASES.

Primera.-Encargo.

En virtud del presente convenio específico la Diputación Foral de Bizkaia encomienda a Bideak-Bizkaiko Bideak S.A. la realización por sí misma o por terceros de las obras de habilitación y equipamiento de un centro de día para personas mayores dependientes en Isozaki-Atea Bilbao, sin perjuicio de un futuro encargo respecto a su mantenimiento y explotación por terceros, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo de la Norma Foral 6/1998, precisando en el anexo I los detalles del encargo.

En la ejecución del encargo Bideak-Bizkaiko Bideak, S.A. actuará en nombre propio y por cuenta de la Diputación Foral de Bizkaia.

Segunda.-Plazo de ejecución.

El encargo habrá de ejecutarse en el plazo de seis (6) meses.

Tercera.-Ejecución del encargo.

  1. En las contrataciones derivadas del encargo Bideak-Bizkaiko Bideak, S.A. se ajustará a las reglas siguientes:

    1. Se cumplirán las directivas comunitarias que sean de pertinente aplicación.

    2. En lo que respecta a la preparación y adjudicación se aplicará lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 20 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

      En todo caso, de acuerdo con la Norma Foral 6/1998, en los contratos que Bideak-Bizkaiko Bideak, S.A. concluya con terceros en cumplimiento de una encomienda realizada por la Diputación Foral de Bizkaia, se aplicarán los principios de la Ley de Contratos del Sector Público en lo que respecta a la preparación y adjudicación.

    3. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR