Convenio entre el Consejo Insular de Formentera y la Associació de Majors del Pilar para regular la cesión temporal de espacios del Centro Administrativo y Cultural Polivalente “Casa del Pueblo de la Mola” y el otorgamiento de una subvención por procedimiento de concesión directa, para el mantenimiento del centro y de los servicios que prestan, promoción y sostenimiento de actividades asociativas y comunitarias, en Formentera para el año 2018

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorCONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

De conformidad con lo que aprobó la Comisión de Gobierno en fecha 16 de febrero de 2018 se hace público el siguiente convenio:

"Convenio entre el Consejo Insular de Formentera y la Associació de Majors del Pilar para regular la cesión temporal de espacios del Centro Administrativo y Cultural Polivalente “Casa del Pueblo de la Mola” y el otorgamiento de una subvención por procedimiento de concesión directa, para el mantenimiento del centro y de los servicios que prestan, promoción y sostenimiento de actividades asociativas y comunitarias, en Formentera para el año 2018.

Formentera, 22 de febrero de 2018.

Partes

Por un lado, el Hble. Sr. Jaume Ferrer Ribas, presidente del Consejo Insular de Formentera, quien actúa en nombre y representación de este, según el acto del Pleno de fecha 13 de junio de 2015, con CIF núm. P0702400C y con domicilio social en la plaza de la Constitución núm. 1, de Sant Francesc Xavier, Formentera, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Formentera (ROC), y el artículo 9 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares. El Presidente actúa facultado por acuerdo de la Comisión de Gobierno de fecha 16 de febrero del 2018, que aprobó el otorgamiento de la subvención presente y que se formaliza mediante el Convenio presente.

Por otro lado, el Sr. Jaime Escandell Torres, mayor de edad provisto del Documento Nacional de Identidad núm. 41 --------------- y domicilio en Casa -------------------------, Pilar de la Mola, 07872, Formentera (Islas Baleares), en su condición de Presidente de la Associació de Majors del Pilar con CIF: G 578 881 17, inscrita en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares con núm. 311000008854 y en el Registro de Asociaciones del Consejo Insular de Formentera con el número 87.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal suficiente y necesaria para formalizar este convenio y libremente

Exponen

  1. Que la Constitución de 1978, en su artículo 50 establece, en relación a la tercera edad, que los poderes públicos promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

  2. Que la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, en su artículo núm.1 menciona que las administraciones públicas, en el ámbito de las respectivas competencias, promoverán y facilitarán el desarrollo de las asociaciones que persigan finalidades de interés general, respetando siempre la libertad y la autonomía ante los poderes públicos, así como el establecimiento de ayudas y subvenciones para llevar a cabo sus actividades. Así mismo, las administraciones públicas podrán establecer, con las asociaciones que persigan objetivos de interés general, convenios de colaboración en programas de interés social

  3. Que el Consejo Insular de Formentera tiene, en virtud del art. 70.4 del Estatuto, las competencias propias en materia de servicios sociales y asistencia social, desarrollo comunitario e integración, así mismo, y de acuerdo con el artículo 29.2.b Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, le corresponde la regulación y desarrollo de procedimientos, estructuras organizativas y políticas de participación ciudadana en la vida local, así como la elaboración de programas de fomento del asociacionismo. Esto contempla la gestión de centros de participación ciudadana y la concesión y gestión de subvenciones y ayudas con finalidades asistenciales a personas físicas y en centros o entidades para beneficiarios residentes en la isla de Formentera.

  4. Que el Consejo Insular de Formentera tiene en cuenta la importancia de incrementar la atención general a las personas de la tercera edad y la promoción del bienestar social de este colectivo, así como el incremento de las asociaciones, cada vez más presente a nuestra sociedad, las cuales llevan a cabo una actividad de impulso de los deseos de las personas mayores y contribuyen a su mayor bienestar social.

  5. Que el Consejo Insular de Formentera ha construido y puesto en funcionamiento el Centro Administrativo y Cultural Polivalente “Casa del Pueblo de la Mola” que es un equipamiento sociocultural y administrativo de proximidad. Este centro tiene las siguientes finalidades:

  6. La prestación de servicios públicos de cariz cívico, administrativo, social, cultural, comunicativo, informativo y de ocio, a la ciudadanía en general y a las entidades ciudadanas y, en particular, a las personas mayores, jubiladas y pensionistas.

  7. El impulso a los servicios públicos mencionados, y de las dirigidas a la mejora del ocio y recreo de las personas y de las condiciones culturales, sociales, de convivencia y de solidaridad.

  8. La promoción de los servicios y actividades propias de la tercera edad y de la vida asociativa y de la participación de la ciudadanía en los asuntos de la comunidad.

  9. La prestación de un servicio de buzones para la comunidad.

  10. Servicios administrativos básicos del Consejo Insular de Formentera.

  11. De acuerdo con su Reglamento de Funcionamiento, publicado en el BOIB núm. 89 del 1/07/2014, el Centro Administrativo y Cultural Polivalente “Casa del Pueblo de la Mola” tiene consideración de bien demanial de servicio público. La titularidad de este equipamiento es del Consejo Insular de Formentera. El Centro consta de los siguientes espacios o locales:

    - Local destinado a Telecentro. Superficie de 20,2 m2. Dispondrá de unas normas de uso y gestión propias, que serán comunes con el resto de Telecentros de la isla.

    - Local de 13,2 m2 destinado a vestíbulo y prestación de buzones de correos, con su propia regulación.

    - Local de 31,9 m2 destinado a Oficina del Consejo Insular de Formentera.

    - Local de 72,2 m2 destinado a Sala multiusos y de las entidades ciudadanas inscritas en el Registro de Entidades del Consejo Insular, el cual tiene una zona de dos almacenes (uno de 9,5 m2 y un almacén-bar de 8,5 m2)

    - Local de 89,12 m2 destinado a local de personas mayores, jubiladas y pensionistas, el cual tiene habilitada una zona de bar de 18,58 m2. Una norma de gestión específica regulará los productos que se puedan servir en la zona de bar.

  12. Que la Associació de Majors del Pilar es una asociación sin ánimo de lucro, que tiene como finalidad según lo que establece el art. 2 de sus estatutos:

    (...) 1. Defender los derechos e intereses del colectivo de gente mayor y representarlos en cualquier ámbito público o privado.

    2. Crear un lugar de encuentro y reunión para la gente mayor.

    3. Desarrollar actividades socioculturales, ocupacionales y recreativas.

    4. Fomentar la participación del colectivo en la comunidad vecinal y el intercambio cultural entre los diferentes sectores de la población (...)

  13. Que la Associació de Majors del Pilar, además de las mencionadas finalidades, ha estado realizando tareas que han contribuido a la dinamización de las actividades sociales y culturales organizadas en el núcleo de la Mola y que se prevé su realización en las instalaciones de la “Casa del Pueblo de la Mola”, en respuesta a una demanda vecinal. La realización de estas actividades más el mantenimiento del local donde las realizan les genera anualmente un importante gasto económico, lo cual hace necesario establecer vías de colaboración para poder financiar estas actividades y así permitir a estas asociaciones cumplir eficazmente con sus objetivos.

  14. Según su Reglamento, la dirección y la coordinación general del Centro Administrativo y Cultural Polivalente “Casa del Pueblo de la Mola” corresponde al Consejo Insular...

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