Acuerdo parcial del convenio colectivo para la empresa DHL Supply Chain, SL

SecciónAdministraciones Vascas
EmisorGobierno Vasco
Rango de LeyAcuerdo

RESOLUCIÓN del delegado territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales de Álava del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Acuerdo derivado del convenio colectivo de la empresa DHL Supply Chain, SL Código Convenio núm. 01100010012013.

ANTECEDENTES

El día 17 de diciembre de 2013 se ha presentado en esta Delegación el texto del Acta de la Comisión Negociadora del convenio colectivo citado, suscrito por la representación empresarial y la representación social en la mesa negociadora, el día 3 de diciembre de 2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La competencia prevista en el art. 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29 de marzo de 1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 19.1.g del Decreto 191/2013, de 9 de abril (BOPV de 24 de abril de 2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (BOPV de 15 de febrero de 2011) y con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE de 12 de junio de 2010) sobre registro de convenios colectivos.

Segundo.- El Acta del acuerdo adoptado por la Comisión Negociadora del convenio colectivo citado ha sido suscrito de conformidad con lo previsto en los artículos 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO

Primero.- Ordenar su registro y depósito en la Oficina Territorial de Álava del Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del País Vasco, con notificación a las partes..

Segundo.- Disponer su publicación en el BOTHA.

Vitoria-Gasteiz, 7 de enero de 2014.- El delegado territorial de Álava, ÁLVARO IRADIER ROSA.

En Vitoria-Gasteiz, 3 de diciembre de 2013

Reunidos

De una parte la Dirección de DHL Supply Chain y de la otra los miembros del comité de empresa.

Acuerdan

  1. - La inclusión del texto marcado en negrita en el artículo 10 "gestión del disfrute" en su apartado 10.3 "Cursos de salud laboral" del actual convenio colectivo. A su vez modificar el título del citado apartado en los términos abajo indicados. 10.3 Cursos de salud laboral y reconocimientos médicos. "Las horas derivadas de cursos de salud laboral y reconocimientos médicos, realizadas fuera del horario de trabajo podrán ser disfrutadas por los trabajadores y trabajadoras de forma individualizada y bajo criterios de...

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