Acuerdo 646/2012, del Consejo de Diputados de 18 de diciembre, que aprueba la suscripción de un Convenio para la recaudación en vía de apremio, a través de la Entidad encargada de la recaudación ejecutiva de esta Diputación Foral, de los créditos y derechos correspondientes al Consorcio de Aguas de Troperagain.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO 646/2012, del Consejo de Diputados de 18 de diciem -bre, que aprueba la suscripción de un Convenio para la recaudación en vía de apremio, a través de la Entidad encar gada de la recaudación ejecutiva de esta Diputación Foral, de los créditos y derechos correspondientes al Con sorcio de Aguas de Troperagain.

El artículo 8, párrafo primero, de la Norma Foral 41/1989, de 19 de julio, reguladora de las Haciendas Locales, establece que las Entidades Municipales y la Diputación Foral colaborarán mediante la suscripción del oportuno Convenio, en todos los órdenes de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos.

Este principio de colaboración, resulta también aplicable a las relaciones entre la Diputación Foral de Álava y las Entidades Supra -municipales descritas en el Título III de la citada Norma Foral, dado que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 55 de la misma, les será de aplicación lo dispuesto en el Título II.

En base a lo anterior, la Diputación Foral de Álava y el Consorcio de Aguas de Troperagain, desean suscribir un Convenio de colaboración, para la recaudación en vía de apremio, a través de la Entidad encargada de la recaudación ejecutiva de la Diputación Foral de Álava, de los créditos y derechos del citado Consorcio.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 8.7), de la Norma Foral 52/1992, de 18 de diciembre, de Organización...

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