Decreto Foral 19/2012, del Consejo de Diputados de 13 de marzo, que aprueba la modificación del Decreto Foral 112/2008, de 23 de diciembre, de ayudas forestales.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyDecreto foral

Con fecha 23 de diciembre de 2008 el Consejo de Diputados aprobó el Decreto Foral 112/2008 por el que establece el Plan de Ayudas Forestales para el Territorio Histórico de Álava para el periodo 2007- 2013 en el marco del Plan de Desarrollo Rural Sostenible del País Vasco 2007 /2013.

Con posterioridad, y siempre dentro del marco establecido por el PDRS 2007-2013, se han realizado dos modificaciones del Decreto Foral para corregir errores detectados o adaptar el texto a nuevas circunstancias. Estas dos modificaciones se plasmaron en el Decreto Foral 38/2009 de 27 de abril y en el Decreto Foral 3/2010 de 2 de febrero.

Desde la promulgación del vigente Plan de Ayudas Forestales hasta julio de 2011 la competencia en materia de Montes ha correspondido al Departamento de Agricultura. Por Decreto 162/2011 del Diputado General, de 19 de julio, por el que se determinan los Departamentos de la Diputación Foral de Álava para la legislatura 2011-2015, las competencias en materia de Montes, Flora y Fauna se asignan al Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo.

El Decreto de Ayudas Forestales de 23 de diciembre de 2008 ha de adaptarse a la nueva estructura de la Diputación Foral de Álava y, en concreto transferir las competencias que el Decreto asigna a la Diputada de Agricultura a la Diputada de Medio Ambiente y Urbanismo. Asimismo es necesario modificar los órganos o unidades facultados por el texto legal para la aplicación y desarrollo del Plan de Ayudas Forestales, tales como la composición de la Mesa de Valoración. Por último, en todas las referencias que el Decreto realiza al Departamento de Agricultura, ha de entenderse que se refieren al Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo.

En otro orden de cosas, en los años transcurridos desde la promulgación del Decreto de Ayudas hasta la fecha, la Administración ha debido ajustarse a los avatares de la crisis económica, lo que ha repercutido en la paulatina disminución de los presupuestos destinados a las ayudas, tanto en montes públicos como en los de titularidad privada.

Por eso, y con el objetivo de poder repartir mejor entre las distintas personas y entidades los recursos económicos disponibles, se propone rebajar el importe de la inversión o inversiones máximas auxiliables por solicitante y año, reservándose, como hasta ahora, la Administración la facultad de excepcionar de esa limitación aquellas inversiones de interés general, siempre que la Administración Forestal acredite dicho interés mediante informe favorable. Siguiendo este criterio se propone pasar de la cantidad máxima por solicitante y año de 125.000 euros a la cantidad de 50.000 euros anuales por solicitante.

En la misma...

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