Decreto Foral 16/2009 del Consejo de Diputados de 17 de febrero de 2009, que modifica el Decreto Foral 26/1996 de 27 de febrero, por el que se regulan las relaciones entre la Diputación Foral de Álava y las Entidads colaboradoras en operaciones de carácter financiero, tributario y similares.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

El Decreto Foral 26/1996 establece las condiciones financieras para la valoración de los ingresos que gestionan las Entidades financieras colaboradoras en la recaudación de los derechos económicos de los que es titular la Diputación Foral de Álava.

Desde la fecha de su aprobación, las diferentes operaciones bancarias han experimentado diferentes cambios en su tratamiento que aconsejan actualizar el plazo de valoración de los abonos regulados en el mismo.

De este modo, los ingresos recaudados entre los días 26 de cada mes y el 10 del siguiente, se valorarán el día 14 de este último en lugar del día 15, y la recaudación ingresada entre los días 11 y 25 de cada mes lo serán el día 29 del mismo sustituyendo al día 30.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO

Único. Se modifica el apartado 2 del artículo 5 del Decreto Foral 26/1996, de 27 de febrero, por el que se regulan las relaciones entre la Diputación Foral de Álava y las Entidades colaboradoras en opera-ciones de carácter financiero, tributario y similares, quedando redactado como sigue:

2. Las Entidades de depósito ingresarán en las cuentas corrientes generales con fecha de valoración 14 y 29 de cada mes y en esos mismos días o sus inmediatos hábiles posteriores...

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