Decreto Foral 32/2009 del Consejo de Diputados de 7 de abril, que aprueba la convocatoria y bases reguladoras de las subvenciones a clubes y agrupaciones deportivas adscritos/as a Federaciones Deportivas Alavesas para actividades y desplazamientos, durante el año 2009.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Euskera, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto foral

El Departamento de Euskera, Cultura y Deportes de la Diputación Foral de Álava, propone la convocatoria de subvenciones a clubes y agrupaciones deportivas adscritos/as a Federaciones Deportivas Alavesas para actividades y desplazamientos, para el año 2009, con una dotación de 446.000 euros.

Se considera necesario establecer unas bases claras y concretas para acceder a estas subvenciones, que garanticen los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, comunes a cualquier convocatoria de subvenciones, tal como prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, de otra parte, la fijación de unos mecanismos que permitan conocer y controlar el destino de estas subvenciones.

En su virtud a propuesta de la Diputada Foral Titular del Depar -tamento de Euskera, Cultura y Deportes y previa deliberación del Consejo de Diputados, en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy.

DISPONGO

Primero.- Aprobar la convocatoria de subvenciones a clubes y agrupaciones deportivas adscritos/as a Federaciones Deportivas Alavesas para actividades y desplazamientos, durante el ejercicio 2009, por un importe de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (446.000 euros).

Segundo.- Aprobar las Bases que regirán la presente convocatoria y que se incluyen en el Anexo a este Decreto Foral.

Tercero.- La consignación presupuestaria que ampara éste gasto, es la 70.1.06.73.00.4.6.1.00.03, "Ayuda Clubes Actividades/desplazamientos", línea 70-0.142, contraído 105/1259, del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Alava para el ejercicio 2009.

Cuarto.- Hacer público el correspondiente anuncio oficial en el BOTHA.

Quinto. El estudio y, la concesión o denegación de ayudas económicas, se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración de la Diputada titular del Departamento, quien resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada.

Sexto. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de cuatro meses, computándose dicho plazo, a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de ayuda.

Séptimo. La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante la Diputada Foral titular del Departamento de Euskera, Cultura y Deportes o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente.

Octavo. La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las formas previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz a 7 de abril de 2009.- El Diputado General, XABIER AGIRRE LÓPEZ y la Diputada de Euskera, Cultura y Deportes, LORENA LÓPEZ DE LACALLE ARIZTI.

ANEXO I al Decreto Foral

BASES

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES Y AGRUPACIONES

DEPORTIVAS ADSCRITOS/AS A FEDERACIONES DEPORTIVAS ALAVESAS, PARA ACTIVIDADES Y DESPLAZAMIENTOS, PARA EL AÑO 2009

PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

Colaborar dentro de los límites presupuestarios, en la dotación a clubes y agrupaciones deportivas adscritos/as a las respectivas Federaciones Deportivas Alavesas, de los medios económicos para la participación en campeonatos o actividades federadas de carácter territorial, autonómico y supraautonómico y sus desplazamientos, para el año 2009.

SEGUNDA. Entidades Beneficiarias.

Los clubes y agrupaciones deportivas adscritos/as a las respectivas Federaciones Deportivas Alavesas y/o las propias Federaciones Deportivas Alavesas cuando hayan asumido total o parcialmente el costo de su participación o realización, tanto de actividades como sus desplazamientos.

Las peticiones de ayuda deberán realizarse, únicamente, por las Federaciones Deportivas Alavesas (no por los clubes y agrupaciones deportivas).

No podrán acceder a la subvención quienes hayan sido sancionados por las infracciones a que se refiere el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No podrá obtener la condición de beneficiaria, la Entidad solicitante que no se halle al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

TERCERA. Actividades subvencionables y cuantías por programa.

Podrán ser objeto de subvención las actividades y los desplazamientos de los clubes y agrupaciones deportivas y, en su caso, de las Federaciones Deportivas Alavesas, sobre la base de:

  1. Actividades correspondientes a la participación en campeonatos o actividades federadas (colectivos con licencia federada) y "oficiales", es decir incluidas en el correspondiente calendario federativo (se excluyen actividades o encuentros "amistosos" y actividades internas de clubes y agrupaciones deportivas), con una dotación de 341.000 euros. b) Desplazamientos realizados para la participación en campeonatos o actividades federadas (colectivos con licencia federada) y "oficiales", es decir incluidas en el correspondiente calendario federativo (se excluyen los desplazamientos realizados para actividades o encuentros "amistosos" y actividades internas de clubes), con una dotación de 105.000 euros.

    CUARTA. Disponibilidad presupuestaria.

    La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.06.73.00.4.6.1.00.03, denominada "Ayuda clubes actividades/desplazamientos", por importe de 446.000 euros, del Presu -puesto de gastos de la Diputación Foral de Alava para el ejercicio 2009.

    QUINTA.- Régimen de concesión.

    La concesión de éstas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

    SEXTA. Presentación de solicitudes.

    1.- El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación a que hace referencia la base séptima, comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA, y terminará el día 29 de mayo de 2009.

    La presentación de solicitudes se hará en el Registro General u otros registros de la Diputación Foral y Registros Generales de Ayuntamientos concertados o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    2.- En todo caso, se hará constar expresamente el domicilio que se señale a efectos de notificaciones. 3.- La presentación de solicitudes para optar a estas subvenciones supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en las presentes bases. 4.- No podrán acceder a la subvención quienes hayan sido sancionados por las infracciones a que se refiere el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR