Doña Inés Valor Nevado, Secretaria del Juzgado de b Social número 8 de Bizkaia. Certifico: Que en auto número 158/93, ejecución número 119/93, seguido en este Juzgado por doña Miren Karmele Beitia Lolo frente a la empresa Centro de Organización de Empresas, ...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 8 de Bizkaia

Doña Inés Valor Nevado, Secretaria del Juzgado de b Social número 8 de Bizkaia.

Certifico: Que en auto número 158/93, ejecución número 119/93, seguido en este Juzgado por doña Miren Karmele Beitia Lolo frente a la empresa Centro de Organización de Empresas, S.A., se ha dictado la siguiente:

Propuesta de auto de doña Inés Valor Nevado, Secretaria del Juzgado de lo Social número 8 de Bizkaia.-En Bilbao, a veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y tres.

Hechos

Primero.-Por resolución de fecha 22 de julio de 1993 se acordó en estos autos despachar ejecución contra los bienes del deudor Centro de Organización de Empresas, S.A., a fin de dar cumplimiento forzoso a lo resuelto en sentencia recaída en los mismos.

Segundo.-El importe del principal, intereses legales y costas provisionalmente calculados que aún están pendientes de pago asciende, respectivamente, a 744.281 pesetas de principal y 238.170 pesetas de intereses y costas.

Tercero.-Se dio audiencia por 15 días al Fondo de Garantía Salarial a fin de que señalase nuevos bienes del deudor sobre los que hacer traba o instase lo que a su derecho conviniese, no formulando ese organismo alegación alguna en el plazo señalado.

Razonamientos jurídicos

Único.-Procede declarar la insolvencia del deudor cuando no se le hayan encontrado bienes suficientes con que hacer frente al pago total de la deuda por la que se sigue el procedimiento de ejecución, tanto porque no quedan bienes conocidos pendientes de realizar (insolvencia total), como si los que aún están trabados y no han llegado a su total realización y destino son razonablemente insuficientes -a la vista del justiprecio fijado- para lograr la plena satisfacción de la deuda (insolvencia parcial, cuyo importe se determina disminuyendo la deuda aún pendiente de abono con la cuantía del justiprecio de esos bienes), bien entendido que, en cualquiera de ambos casos...

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