Doña Cristina Rodríguez Cuesta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 9 de Bizkaia. Hago saber: Que en autos número 225/97, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Gotzon La Hidalga Vallejo, Tomás Cienfuegos Robles y José Carlos Gómez López,...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 9 de Bilbao (Bizkaia)

CEDULA DE CITACION

Doña Cristina Rodríguez Cuesta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 9 de Bizkaia.

Hago saber: Que en autos número 225/97, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Gotzon La Hidalga Vallejo, Tomás Cienfuegos Robles y José Carlos Gómez López, contra la empresa Servicios y Montajes Vizcainos, S. A., sobre cantidad, se ha dictado la siguiente:

Propuesta de providencia de S. S.a la Secretaria Judicial doña Cristina Rodríguez Cuesta.-En Bilbao, a uno de octubre de mil novecientos noventa y siete.

Por presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Se cita a las partes a los actos de juicio y, en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias de este Juzgado de lo Social sito en Bilbao, Bombero Etxaniz, 1, el día 20 de octubre de 1997 a las 10 horas de su mañana.

Dése traslado de copia de la demanda y demás documentos a los demandados. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. Se libran los oportunos despachos, los que una vez cumplimentados, así como los sucesivos que se libren, se unirán a los autos de su razón.

Se tiene por hecha la manifestación de que los actores acudirán al acto de juicio asistidos de Letrado.

Respecto a lo pedido en el resto de otrosies:

Líbrese cédula para confesión judicial al representante legal de la empresa demandada.

Documental: Requiérase a la demandada para que aporte al acto de juicio los documentos solicitados en la demanda.

Asimismo y de conformidad con lo solicitado en escrito de 30-4-97. Remítase oficio al...

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