Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para la rehabilitación i restauración de fachadas para el año 2013-2014

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorAYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada día 7 de noviembre de 2013, adoptó el acuerdo relativo a la aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para la rehabilitación y restauración de fachadas para el año 2013-2014 y su convocatoria por el que, seguidamente, se transcriben las bases mencionadas que rigen la convocatoria de referencia.

Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas económicas para la rehabilitación y restauración de fachadas para el año 2013-2014

Base 1.- Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas para fomentar la promoción de obras de rehabilitación y restauración de fachadas de los inmuebles del centro histórico del municipio de Pollença.

Base 2.- Ámbito de aplicación

Son susceptibles de disfrutar de las ayudas municipales aquellas actuaciones de rehabilitación y restauración de fachadas realizadas en inmuebles ubicados en el centro histórico del pueblo de Pollença, definido por el Plan Especial del Centro Histórico de Pollença (PECH).

Base 3.- Beneficiarios

Tendrán la consideración de beneficiarios los propietarios del inmueble, ya sean persona física o jurídica.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas que se encuentren en la situación prevista en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.

Base 4.- Créditos disponibles

Consta crédito en el presupuesto municipal de 2013 por importe de 30.000 euros en la partida 0 151 48911 para las actuaciones descritas.

El Ayuntamiento de Pollença se compromete a consignar en el presupuesto de gastos para el año 2014, crédito suficiente en la partida correspondiente para el financiamiento de las actuaciones descritas correspondientes a la anualidad económica 2014.

Base 5.- Condiciones generales

  1. Podrán ser objeto de las ayudas municipales las obras referidas a la base 2 siempre que reúnan los requisitos que constan en las bases después de haber comprobado que los beneficiarios están al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pollença (o acreditación de estar exentos de ellas).

  2. Todas las actuaciones y obras deberían garantizar su coherencia técnica y constructiva con el estado de conservación del edificio, así como su contribución efectiva en la mejora de las condiciones de uso, seguridad, estética exterior del edificio y la adecuación o supresión de partes o elementos impropios de las fachadas.

    Las características de las fachadas, colores y materiales deberán adaptarse a las normas del PECH de Pollença, en concreto al artículo 7 punto 3.4

    Base 6.- Tipos y ayudas económicas municipales

    Las ayudas tendrán la consideración de subvenciones del Ayuntamiento de Pollença a los beneficiarios en las condiciones reguladas por estas bases, y consistirán en:

  3. Ayudas económicas directas

    1.1.Disfrutarán de una subvención por un importe de hasta un 30% del coste de las obras aquellas actuaciones destinadas a la rehabilitación de fachadas de edificios incluidos en el ámbito del PECH de Pollença, con un máximo de 2.500 € por edificio.

    1.2. Las obras que podrán acogerse a este tipo de...

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