Decreto Foral 19/2007, del Consejo de Diputados de 27 de febrero, que aprueba la convocatoria y bases reguladoras de las subvenciones a las Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas para el ejercicio 2007.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

El Departamento de Cultura, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Álava, propone la convocatoria de subvenciones a las Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas, para el año 2007, con una dotación de 420.000 euros.

Por otro lado, se considera necesario establecer unas bases claras y concretas para acceder a estas subvenciones, que garanticen los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, comunes a cualquier convocatoria de subvenciones, tal como prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, de otra parte, la fijación de unos mecanismos que permitan conocer y controlar el destino de estas subvenciones.

En su virtud a propuesta del Diputado Foral Titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes y previa deliberación del Consejo de Diputados, en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy

DISPONGO:

Primero.- Aprobar la convocatoria de subvenciones a las Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas, durante el ejercicio 2007, por un importe de CUATROCIENTOS VEINTE MIL EUROS (420.000 € ).

Segundo.- Aprobar las Bases recogidas en el Anexo a este Decreto, que regirán la presente convocatoria.

Tercero.- La consignación presupuestaria que ampara éste gasto, es la 70.1.06.82.06.4.6.1.00.03 "Deporte Federado", línea 70-0.151, contraído 105/558, por importe de 420.000 euros, del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2006, prorrogado para el ejercicio 2007.

Cuarto.- Hacer público el correspondiente anuncio oficial en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

Quinto. El estudio y, la concesión o denegación de ayudas económicas, se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración del Diputado titular del Departamento, quien resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada.

Sexto. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de tres meses, computándose dicho plazo, a partir de la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de ayuda.

Séptimo. La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el Diputado Foral titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente.

Octavo. La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las formas previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de febrero de 2007.- El Diputado General, RAMÓN RABANERA RIVACOBA.- El Diputado de Cultura, Juventud y Deportes, FEDERICO VERÁSTEGUI COBIAN.- El Director de Cultura y Deportes, PEDRO I. GONZALO-BILBAO FERNÁNDEZ.

ANEXO al Decreto Foral

BASES CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS TERRITORIALES ALAVESAS, PARA EL AÑO 2007

PRIMERA. Objeto de la convocatoria.

Colaborar dentro de los límites presupuestarios, en la dotación a las Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas de los recursos económicos para el desarrollo de sus fines estatutarios y de las funciones públicas de carácter administrativo que ejercen por delegación y como apoyo a la organización y al desarrollo del deporte escolar, federado y recreativo en Álava, para el año 2007.

La subvención recibida con cargo a esta convocatoria por las Federaciones Deportivas Alavesas se destinara a gastos de funcionamiento (personal, colaboradores, etc.), gastos de oficina (suministros, teléfono, fotocopias, etc.), gastos de funcionamiento de los Comités de competición y de árbitros y jueces y cualquier gasto de similar naturaleza tanto para el desarrollo de la actividad federada como escolar y recreativa y también podrá ser destinada al desarrollo de todo tipo de actividades deportivas.

SEGUNDA. Entidades Beneficiarias.

Las Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas debidamente inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Dirección de Deportes del Gobierno Vasco.

De acuerdo con el Decreto 16/2006,de 31 de enero, de las Federaciones Deportivas del País Vasco no podrán acogerse a esta convocatoria las Federaciones Deportivas Alavesas de: - Espeleología por estar prevista la integración de la modalidad deportiva de espeleología en la Federación Alavesa de Montaña. - Motonáutica por estar prevista la integración de la modalidad de motonáutica en la Federación Alavesa de Esquí náutico y motonáutica. - Salvamento y Socorrismo por estar prevista la integración de la modalidad deportiva de salvamento y socorrismo en la Federación Alavesa de Natación

No obstante, las Federaciones Deportivas Alavesas de Montaña, Esquí Náutico y Motonáutica y de Natación deberán reseñar en el Formulario I los datos correspondientes a las modalidades que se integran en las mismas de Espeleología, Motonáutica y Salvamento y Socorrismo que serán computados a efectos del cálculo de la subvención correspondiente.

TERCERA.- Conceptos subvencionables

Las subvenciones con cargo a esta convocatoria comprenderán: a) Ayuda mínima anual a Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas para gastos de funcionamiento y actividad. b) Ayuda complementaria a Federaciones Deportivas Alavesas por el desarrollo de funciones y actividades de deporte escolar, federado y recreativo.

CUARTA. Disponibilidad Económica.

La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.06.82.06.4.6.1.00.03, denominada "Deporte Federado", por importe de 420.000 € , del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2006, prorrogado para el ejercicio 2007.

QUINTA.- Régimen de concesión.

La concesión de éstas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

SEXTA. Presentación de solicitudes. 1.- El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación a que hace referencia la base séptima, comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, y terminará el día 4 de mayo de 2007.

La presentación de solicitudes se hará en el Registro General u otros registros de la Diputación Foral o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2.- En todo caso, se hará constar expresamente el domicilio que se señale a efectos de notificaciones. 3.- La presentación de solicitudes para optar a estas subvenciones supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en las presentes bases. 4.- No podrán acceder a la subvención quienes hayan sido sancionados por las infracciones a que se refiere el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, procediéndose

en caso contrario al archivo de la solicitud debiendo entenderse por desistida su petición.

SÉPTIMA.- Documentación.

Las Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas interesadas en acogerse a esta convocatoria de subvenciones deberán solicitarlo aportando: A) Para solicitar la ayuda mínima anual y ayuda complementaria a...

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