Decreto Foral 95/2008, del Consejo de Diputados de 4 de noviembre, que establece las bases de convocatoria de concesión de ayuda a conceder en el Plan de Ayuda a la Pequeñas Bodegas.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Agricultura
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 95/2008, del Consejo de Diputados de 4 de noviembre, que establece las bases de convocatoria y concesión de ayudas a conceder en el Plan de Ayuda a Pequeñas Bodegas.

Una de las características más significativas del sector vitivinícola alavés es la existencia de explotaciones y pequeñas bodegas. Instalaciones bodegueras que necesitan, dada la creciente competencia en el sector, una actualización permanente de sus instalaciones para mejorar las condiciones de los edificios así como la puesta al día de sus procesos de elaboración para adecuarse a las nuevas necesidades normativas y mejorar sus condiciones de seguridad y accesibilidad.

Este plan específico y pionero de ayudas a bodegas contemplado en el presente Decreto Foral intenta dar respuesta a esta situación subvencionando además los nuevos proyectos de instalación de bodegas que por su tamaño y producción, hasta 50.000 litros de elaboración anual, se consideran pequeñas bodegas. Plan de ayudas cuyo objetivo primordial es mantener estas estructuras de producción y elaboración como garantía y pervivencia de un modo de hacer de larga tradición en el sector vitivinícola alavés.

Considerando que este concepto está contemplado en el artículo 9.6.1.e del Decreto Foral del Consejo de Diputados 92/2008 de 28 de octubre, que aprueba en Plan de Ayudas al Sector Agrario Alavés, por esta resolución se desarrolla y concreta el alcance estas ayudas de conformidad con lo prevenido en el citado artículo.

En el Presupuesto 2008 figura la partida Plan de apoyo a Pequeñas Bodegas, dotada con 50.000,00 € .

Por ello procede establecer una disposición que regule la convocatoria de ayudas dirigidas a las bodegas cuyo volumen de elaboración de vino con denominación de origen no supere los 50.000 litros, para asegurar el cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

Vistos los informes preceptivos en su virtud a propuesta de la Diputada Foral de Agricultura y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada pro el mismo en el día de hoy

DISPONGO

Primero. Establecer las bases de convocatoria y concesión de ayudas a conceder en el Plan de Ayuda a las Pequeñas Bodegas, que se reproducen en el Anexo a esta disposición.

Segundo.- Que por la Dirección de Finanzas y Presupuestos, se reserve crédito, por el importe 50.000,00 € y con cargo a la partida del vigente Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Alava para el ejercicio 2008, 40.1.00.41.00.761.00.01 "Plan de apoyo a Pequeñas Bodegas" (referencia de contraído 08.1.08 105.5741/000).

Disposición Adicional

Unica.- Se faculta a la Diputada Foral de Agricultura para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto Foral, y su aplicación en ejercicios presupuestarios sucesivos, así como para fijar el plazo anual de presentación de solicitudes.

Disposiciones transitorias Artículos 1 a 13

Primera.- Para el año 2008, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto Foral en el Boletín Oficial de Territorio Histórico de Alava (BOTHA).

Segunda.- Con carácter excepcional y para el ejercicio 2008 se dan válidas las inversiones realizadas durante todo el ejercicio, incluso previamente a la aprobación del Decreto regulador de las ayudas, sin que sea obligatorio el cumplimiento de lo establecido en el apartado 1.d) del artículo 10. 1

Vitoria-Gasteiz, 4 de noviembre de 2008.- Diputado General,

XABIER AGIRRE LÓPEZ.- Diputada Foral de Agricultura, ESTEFANÍA BELTRÁN DE HEREDIA ARRÓNIZ.- Director de Agricultura, JOSÉ MARÍA GARCÍA TABERNERO.

Anexo

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA Y CONCESIÓN DE AYUDAS DEL PLAN DE AYUDA A LAS PEQUEÑAS BODEGAS

Artículo 1 Objeto.

Es objeto del presente Decreto establecer las ayudas, y las bases para su concesión, del Plan de Ayuda a las Pequeñas Bodegas.

Artículo 2 Recursos Económicos. 2.1.- Mediante convocatoria anual se fijará necesariamente la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles en las partidas del estado de Gastos del Presupuesto de la Excma

Diputación Foral de Alava. 2.2.- Para el ejercicio 2008, los recursos inicialmente disponibles para financiar las ayudas que...

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