(CEDULA DE NOTIFICACION) Doña Helena Barandiarán García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Bizkaia. Hago saber: Que en autos número 565/01, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Carmelo Escorza Insa y Juan Bautista Martínez Procas, contra la empresa Construcciones Kaleak, S.L. y Fogasa, sobre cantidad, se ha dictado lo siguiente:

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 6 de Bilbao (Bizkaia)

(CEDULA DE NOTIFICACION)

Doña Helena Barandiarán García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Bizkaia.

Hago saber: Que en autos número 565/01, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Carmelo Escorza Insa y Juan Bautista Martínez Procas, contra la empresa Construcciones Kaleak, S.L. y Fogasa, sobre cantidad, se ha dictado lo siguiente:

Fallo: Se estima la demanda de los actores contra Construcciones Kaleak, S.L. condenando a la demandada a satisfacer la cantidad de un millón novecientas cincuenta y dos mil ochocientas treinta y tres (1.952.833) pesetas a Carmelo Escorza Insa más el 10% de esta cantidad en concepto de interés moratorio y a satisfacer a Juan Bautista Martínez Procas la cantidad de un millón ochocientas treinta y dos mil seiscientas cinco (1.832.605) pesetas más el interés del 10% de esta cantidad en concepto de interés moratorio.

Se condena a la empresa demandada a satisfacer la cantidad de doscientas cincuenta y seis mil cuatrocientas veintidós (256.422) pesetas a Carmelo Escorza Insa, y doscientas cincuenta y seis mil trescientas sesenta y siete (256.367) pesetas a Juan Bautista Martínez Procas en concepto de indemnización por su despido.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus ulteriores responsabilidades, caso de declararse la insolvencia de la empresa.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación, por comparecencia o...

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