Orden Foral 595/2012, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 18 de septiembre, por la que se aprueban los nuevos modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido, 303 Autoliquidación, 308 Régimen especial de Recargo de Equivalencia, artículo 30 bis Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y sujetos pasivos ocasionales, 309 Autoliquidación no periódica, y 322 Grupo de entidades. Modelo individual.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 595/2012, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 18 de septiembre, por la que se aprueban los nuevos modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido, 303 Autoliquidación, 308 Régimen especial de Recargo de Equivalencia, artículo 30 bis Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y sujetos pasivos ocasionales, 309 Auto -liquidación no periódica, y 322 Grupo de entidades. Modelo individual.

Mediante Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 9/2012, de 11 de septiembre, se introducen diversas modificaciones en el Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Entre ellas se encuentran las variaciones a partir del día 1 de septiembre de 2012 de los tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido: general del 18 por ciento al 21 por ciento y reducido del 8 por ciento al 10 por ciento, asi como los del Recargo de Equivalencia: del 4 por ciento al 5,2 por ciento y del 1 por ciento al 1,4 por ciento.

Dicha variación de tipos impositivos obliga a realizar las adaptaciones pertinentes en los siguientes modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido: - Modelo 303 "Autoliquidación". - Modelo 308 "Régimen especial de Recargo de Equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y sujetos pasivos ocasionales". - Modelo 309 "Autoliquidación no periódica". - Modelo 322 "Grupo de entidades. Modelo individual".

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Primero. Aprobación del nuevo modelo 303.

Uno. Se aprueba el nuevo modelo 303 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación" que figura como Anexo I de la presente Orden Foral.

Dicho modelo consta de dos ejemplares: uno para la Adminis -tración y otro para el interesado.

Dos. La presentación de este modelo se realizará por los sujetos pasivos del Impuesto que estén obligados a ello, en cuanto al lugar y plazos establecidos en la Orden Foral 46/2009, de 2 de febrero, por la que se aprueban diversos modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido, entre los que se encuentra el modelo 303 y en cuanto a la forma según lo previsto en la citada disposición o en la Orden Foral 39/2010, de 10 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet para determinados obligados tributarios y modelos, según proceda.

Segundo. Aprobación del nuevo modelo 308.

Uno. Se aprueba el nuevo modelo 308 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Régimen especial de Recargo de Equivalencia, artículo 30 bis...

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