DECRETO FORAL 62/2001 del Consejo de Diputados de 2 de mayo de 2001, que aprueba la convocatoria y las bases reguladoras de asignación de ayudas destinadas, durante el ejercicio presupuestario de 2001, a la protección y financiación de las actuaciones de Conservación y/o Restauración de Elementos Menores del Patrimonio Cultural Inmueble del T. H. A., en la cuantía de 19.519.747 pesetas (117.316,04 euros).

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 14 de Mayo de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 54I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ref. 2.889DECRETO FORAL número 62 del Consejo de Diputados de 2 de mayo de 2001, que aprueba la convocatoria y las bases reguladoras de asignación de ayudas destinadas, durante el ejercicio presupuestario de 2001, a la protección y financiación de las actuaciones de Conservación y/o Restauración de Elementos Menores del Patrimonio Cultural Inmueble del T. H. A., en la cuantía de 19.519.747 pesetas (117.316,04 euros). La Norma Foral 24/1989, de 24 de abril, sobre Rehabilitación del Patrimonio Histórico y Bienes Catalogados del Territorio Histórico de Álava y la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, establecen un sistema de financiación y beneficios para la protección y fomento de las actuaciones rehabilitadoras sobre el Patrimonio Cultural Inmueble de nuestro Territorio Histórico. La Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, asigna competencias a las Diputaciones Forales en materia de protección y conservación del Patrimonio Cultural, entendiéndose como tal (artículo 2-1), "todos aquellos bienes de interés cultural por su valor histórico, artístico, urbanístico, etnográfico, científico, técnico y social". En concreto, la citada Ley dispone en su Título V, las medidas de Fomento (artículo 102-1 y 102-2), que obligan a las Diputaciones Forales a la disposición de programas de ayudas para la financiación de acciones protectoras para la conservación del Patrimonio Cultural en cada Territorio Histórico. A este respecto, el Presupuesto de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio de 2001, contiene la Partida identificada con el número 50.3.03.72.00.731.99.03 dotada con la cantidad de 19.519.747 pesetas (117.316,04 euros) para la conservación de Elementos Menores del Patrimonio Cultural construído. En aplicación de la Norma Foral 24/1989 citada, este Decreto Foral efectúa un desarrollo parcial de la misma relativo a la tramitación y seguimiento del control de gestión de los beneficios económicos del programa para la Conservación y/o Restauración de Elementos Menores del Patrimonio Cultural Inmueble del Territorio Histórico de Álava. En su virtud, a propuesta del Diputado Foral del Departamento de Obras Públicas y Urbanismo y previa deliberación del Consejo de Diputados, en sesión celebrada el día de hoy, DISPONGO: Primero.- Aprobar la convocatoria de asignación de Ayudas destinadas, durante el ejercicio presupuestario de 2001, a la protección y financiación de las actuaciones de Conservación y/o Restauración de Elementos Menores del Patrimonio Cultural Inmueble del Territorio Histórico de Álava, con cargo a la partida presupuestaria 50.3.03.72.00.731.99.03 del Presupuesto de la Diputación Foral de Álava para 2001, en la cuantía de 19.519.747 pesetas (117.316,04 euros), con arreglo al procedimiento y condiciones que se establecen en las Bases que figuran en el documento anexo. Segundo.- El Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimiento será el Diputado Foral del Departamento de Obras Públicas y Urbanismo. Tercero.- La resolución sobre las peticiones de subvención se dictará en el plazo máximo de tres meses, desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y será notificada a los beneficiarios mediante correo con acuse de recibo. La falta de resolución expresa producirá efectos desestimatorios. Esta resolución y las que se dicten en ejecución de estas Bases ponen fin a la vía administrativa. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de mayo de 2001.-El Diputado General, RAMÓN RABANERA RIVACOBA.-El Diputado Foral titular del Departamento de Obras Públicas y Urbanismo, ANTONIO AGUILAR MEDIAVILLA. ANEXO BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y/O RESTAURACIÓN DE ELEMENTOS MENORES DEL PATRIMONIO CULTURAL INMUEBLE DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Primera.- Objeto de las subvenciones: Actuaciones de Conservación y/o Restauración de Elementos Menores. 1.1. Se entenderá por actuaciones de Conservación y/o Restauración las definidas en el artículo 6 de la Norma Foral 24/89, de 24 de abril: Demolición, restauración científica o conservadora, conservación y ornato, consolidación, reedificación y reforma. 1.2. De igual modo podrán ser incluidos en el régimen de estas Ayudas los estudios y proyectos previos necesarios para la ejecución de las obras referidas en el apartado anterior. 1.3. Serán objeto de atención preferente las siguientes actuaciones: a) Las efectuadas en Elementos Calificados o Catalogados de Bienes Inventariados. b) Las obras que no tengan acceso a cualquier otro régimen de Ayudas establecido por cualesquiera Administraciones. c) Las necesarias para el mantenimiento estructural del Elemento. d) Las destinadas a la reutilización del Elemento con un uso compatible con sus características y que garantice su posterior...

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