Orden Foral 28/2007, de 22 de enero, de aprobación definitiva del expediente de Plan Parcial del Sector SAU-02 en Ollávarre (Iruña de Oca).

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Urbanismo y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden foral

ANTECEDENTES

Primero.- En fecha 29 de noviembre de 2006 y número de registro de entrada 19930 se recibió un oficio del Ayuntamiento de Iruña de Oca remitiendo el expediente del Plan Parcial SAU-02 de Ollávarre con el fin de que le fuera concedida la aprobación definitiva si procediera.

Segundo.- Del examen de los documentos que componen el expediente se desprenden los siguientes hechos fundamentales en su tramitación: A) Por Resolución del Alcalde de fecha 18 de septiembre de 2006, se acordó aprobar inicialmente el Plan Parcial y someterlo a información pública por el plazo de quince días, haciéndose efectiva mediante la inserción de los respectivos anuncios en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava nº 120, de 18 de octubre de 2006, en el periódico "Diario de Noticias de Álava" de 22 de septiembre de 2006 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. B) Dentro del plazo de exposición pública fueron presentadas tres alegaciones que, previamente informadas por el redactor del Plan Parcial, fueron resueltas por la Comisión Municipal de 9 de Noviembre de 2006, desestimando 2 de ellas y estimando la restante y procediendo el Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 14 de noviembre de 2006, a la aprobación provisional del expediente.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral del Consejo de Diputados número 9/2005, de 1 de marzo, la aprobación definitiva, si procediese, corresponde a la Diputada titular del Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente, a la vista del documento del Plan Parcial y del resultado de su exposición pública durante el plazo legal.

FUNDAMENTOS

Primero. El documento desarrolla la ordenación del Sector SAU-02 del núcleo de Ollávarre según la Ordenación Urbana vigente en dicho ámbito y resultante del Proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias Municipales en el mismo, aprobado definitivamente por Orden Foral 486 de 8 de junio de 2000.

Segundo. Sus determinaciones cumplen lo dispuesto en dicha Ordenación Urbana Municipal, así como en el Reglamento de Planeamiento Urbanístico, con las excepciones que se señalan a continuación.

Tercero. En relación con la red viaria interior

El art. 52 del R.P.U. indica que se determinarán el trazado y características de la red de comunicaciones propias del Sector y su conexión con el sistema general de comunicaciones, determinándose las rasantes definitivas al menos en los puntos de cruce y en los cambios de dirección. Sin embargo, no se determinan...

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