Orden Foral 535/2008, de 21 de agosto, de Aprobación definitiva del expediente del Plan Parcial AL-26 de las Normas Subsidiarias de Alegría-Dulantzi

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local <Br>Y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

Primero.- En fecha 8 de julio de 2008 y número de registro de entrada 12.173 se recibió un oficio del Ayuntamiento de Alegría-Dulantzi remitiendo el expediente del Plan Parcial A-26, con el fin de que le fuera concedida la aprobación definitiva si procediera.

Segundo.- Del examen de los documentos que componen el expediente, se desprenden los siguientes hechos fundamentales en su tramitación: A) En sesión de fecha 20 de mayo de 2008, se acordó aprobar inicialmente el Plan Parcial y someterlo a información pública por el plazo de veinte días, haciéndose efectiva mediante la inserción de los respectivos anuncios en el BOTHA núm. 60, de 28 de mayo de 2008, en el periódico Gara de 28 de mayo de 2008 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. B) Dentro del plazo de exposición pública no fue presentada alegación alguna por lo que el Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 5 de junio de 2008 procedió a la aprobación provisional del expediente.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Diputado General número 186/2007, de 8 de agosto, la aprobación definitiva, si procediere, corresponde al Diputado titular del Departamento de Administración Local y Equilibrio Territorial, a la vista del documento del Plan Parcial y del resultado de su exposición pública durante el plazo legal.

  1. FUNDAMENTOS

    Primero.- Una vez analizado el documento a la luz de las Normas Subsidiarias de planeamiento de Alegría-Dulantzi, así como de la legislación aplicable, tanto urbanística como de tipo sectorial, es necesario indicar que se trata de un plan parcial residencial para el sector AL-26, para ordenar pormenorizadamente un área de 27.080,94 m2, previendo la ubicación de un número máximo de 70 viviendas, de las cuales un mínimo de 11 deberán ser de precio tasado y un mínimo de 14 de protección oficial, el resto serán de promoción libre (15 en bloque y 30 adosadas).

    El total de superficie edificable destinada a vivienda es de 10.886,40 m2, dedicándose además 453,60 m2 de equipamiento privado comercial, a ubicar en las plantas bajas de las viviendas de promoción oficial.

    Segundo.- Las reservas de suelo para dotaciones cumplen lo exigido en la Ley del Suelo y Urbanismo 2/2006 y en las propias Normas Subsidiarias de Planeamiento.

    Tercero.- En relación con el aspecto formal y conceptual del proyecto de Plan Parcial, es necesario indicar la obligación de éste de adaptarse, tanto en sus documentos gráficos como en los escritos, a la clasificación de usos y...

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