Decreto Foral 48/2013, del Consejo de Diputados de 24 de diciembre, que aplica la modalidad simplificada del método de estimación directa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

La entrada en vigor, con efectos desde el 1 de enero de 2014, de la Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas supone, entre otras novedades, la desaparición del método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento de actividades económicas.

La desaparición de este método de cálculo del rendimiento de actividades económicas implica la exclusión del mismo de todos aquellos contribuyentes que durante el periodo impositivo 2013 determinaron el rendimiento neto de alguna de sus actividades económicas mediante el citado método de estimación objetiva.

Es, por lo tanto, objeto de este Decreto Foral la inclusión de estos contribuyentes dentro de la modalidad simplificada del método de estimación directa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, salvo renuncia expresa a dicha modalidad.

Según lo previsto en el párrafo tercero del artículo 3 del Reglamento Orgánico de la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava, no es preceptivo el informe de la citada Comisión.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO

Artículo Único Modalidad simplificada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 1

Los contribuyentes que durante el periodo impositivo 2013 deter-minaron el rendimiento neto de alguna de sus actividades económicas mediante el método de estimación objetiva, aplicarán a las mismas, a partir de 1 de enero de 2014, la modalidad simplificada del método de estimación directa siempre que cumplan...

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