DECRETO FORAL 14/2002, del Consejo de Diputados de 12 de febrero, que modifica diversos apartados de la disposición transitoria segunda de los Estatutos del Consorcio para la prevención y extinción de incendios y salvamento de Ayala, aprobados por Decretos Forales del Consejo de Diputados 150/92, de 3 de marzo, y 66/2001, de 29 de mayo.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 11 de Marzo de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 30I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Decretos Forales del Consejo de DiputadosI - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Ref. 1.037DECRETO FORAL 14/2002, del Consejo de Diputados de 12 de febrero, que modifica diversos apartados de la disposición transitoria segunda de los Estatutos del Consorcio para la prevención y extinción de incendios y salvamento de Ayala, aprobados por Decretos Forales del Consejo de Diputados 150/92, de 3 de marzo, y 66/2001, de 29 de mayo. Por Decreto Foral del Consejo de Diputados número 342/1991 de 30 de abril de 1991, se aprobó la constitución entre la Diputación Foral de Álava y la Cuadrilla de Ayala, de un Consorcio para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Ayala. Por Decreto Foral del Consejo de Diputados número 150/1992 de 3 de marzo, se aprobaron los Estatutos que regirían el Consorcio. El régimen de las aportaciones entre las entidades consorciadas para la financiación de los gastos corrientes de personal y mantenimiento y generales de explotación, regulado en la Disposición Transitoria Segunda, se prevé variaría entre una aportación de la Diputación del 75% en el periodo 1993-95, y un descenso de 5 puntos porcentuales por año hasta el ejercicio 2000, en el que se iguala la aportación a la de la Cuadrilla en el 50%. Por Decreto Foral del Consejo de Diputados número 66/2001 de 29 de mayo, se modificaron los apartados c) y d) de la Disposición Transitoria segunda, acordándose que la participación de la Cuadrilla a los gastos corrientes de funcionamiento del servicio durante el ejercicio 2001 fuera del 25%, aportando la Diputación el 75% restante, en tanto se aprobara la nueva organización de la prestación del servicio de prevención y extinción de incendios en la provincia y modificando los porcentajes de la aportación de los Ayuntamientos a la Cuadrilla. Ante la imposibilidad material de culminar los trabajos precisos para la implantación de la nueva organización del servicio referido, el Consorcio para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Ayala, en la reunión de su Junta Rectora celebrada con carácter extraordinario el 19 de diciembre de 2001 adoptó el acuerdo de seguir manteniendo el Consorcio como fórmula de participación de los ayuntamientos de la Cuadrilla en la gestión de la prestación del servicio en Ayala...

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