Orden Foral 426/2013, de 3 de septiembre, de aprobación definitiva del expediente de 7ª modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Centro Histórico de Alegría-Dulantzi, relativa a la regulación del uso de vivienda en planta baja, rótulos, toldos y otros elementos superpuestos a la edificación y mobiliario urbano

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 426/13, de 3 de septiembre, de aprobación definitiva del expediente de 7ª modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Centro Histórico de Alegría-Dulantzi, relativa a la regulación del uso de vivienda en planta baja, rótulos, toldos y otros elementos superpuestos a la edificación y mobiliario urbano.

ANTECEDENTES

Primero.- En sesión plenaria de fecha 13 de diciembre de 2012, se acordó aprobar inicialmente la 7ª modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Centro Histórico de Alegría-Dulantzi (de ahora en adelante PERHI), relativa a la regulación del uso de vivienda en planta baja, rótulos, toldos y otros elementos super-puestos a la edificación y mobiliario urbano, y someterlo a información pública por el plazo de 20 días hábiles, haciéndose efectiva mediante la inserción de los respectivos anuncios en el BOTHA nº 10, de 23 de enero de 2013, en el periódico "Gara" de 6 de febrero de 2013, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Segundo.- Dentro del plazo de exposición pública no fue presentada alegación alguna, procediendo el Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 9 de mayo de 2013, a la aprobación provisional del expediente.

Tercero.- Una vez constatada la existencia de deficiencias en la tramitación administrativa del expediente, la Diputación Foral de Álava solicitó la subsanación, mediante escrito con registro de salida de 3 de junio de 2013.

Con el fin de completar el expediente administrativo y en respuesta al escrito emitido por el Servicio de Urbanismo, con fecha 23 de julio de 2013 el Ayuntamiento aportó documentación complementaria para solventar los mencionados defectos.

Cuarto.- El Centro de Patrimonio Cultural Vasco, mediante informe emitido el 11 de abril de 2013, informó favorablemente el expediente de referencia.

Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Diputado General número 62/2011, de 21 de julio, la aprobación definitiva, corresponde a la Diputada titular del Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, a la vista del documento de modificación del Plan Especial y del resultado de su exposición pública durante el plazo legal.

FUNDAMENTOS

Primero.- El expediente tiene por objeto la 7ª modificación de los siguientes puntos del PERHI: a) Regulación del uso de vivienda independiente en planta baja. b) Regulación de planos de puertas y de escaparates. c) Regulación de toldos, anuncios, marquesinas y vallas publicitarias. d) Regular las...

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