Acuerdo deuda - Huérfano trabaja y supera el 75% del SMI.

SecciónAdministración General del Estado
Rango de LeyAcuerdo

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 14 de Enero de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 6III - OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Administración del Estado MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de Álava Ref. 8.094Acuerdo deuda - Huérfano trabaja y supera el 75% del SMI. Doña Silvia Cámara Tejedor, como titular de la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Álava: HAGO SABER: Que en esta dirección provincial se siguen acciones para la posible suspensión de la pensión de orfandad que percibe don Sergio Criado Angulo con Documento Nacional de Identidad número 72750968-J, en los siguientes términos: Esta dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social considerando los datos que a continuación se exponen, y en base a los siguientes HECHOS 1. Desde el 1-12-1993 percibe pensión de orfandad del Régimen General. 2. Según los datos existentes en el fichero general de afiliación de la Tesorería General de la Seguridad Social, realiza actividad laboral por cuenta ajena desde el 1-10-2002. 3. Con fecha 18-6-2003 esta entidad solicita contrato de trabajo y nóminas del presente año, de las cuales se desprende que ha percibido unos ingresos brutos de 11.911,25 euros (durante los meses de enero a octubre), superiores al límite establecido para mantener el derecho a la prestación durante el ejercicio 2003 (75% del salario mínimo interprofesional anual 4.737,60 euros). 4. Ha percibido en concepto de pensión de orfandad durante el período 1-1-2003 a 31-10-2003 la cantidad de 3.087,39 euros, percepción incompatible con la actividad laboral que ha desarrollado desde aquella fecha. ACUERDA - Suspender la prestación de orfandad que viene percibiendo con efectos 1-1-2003, de acuerdo con el artículo 9.2 del Real decreto 1647/1997, de 31 de octubre y el artículo 10 de la Ley 24/1997, de 15 de julio de consolidación y racionalización del sistema de la Seguridad Social. - Iniciar procedimiento de declaración de prestaciones indebidamente percibidas en concepto de prestación de orfandad desde 1-1-2003 a 31-10-2003 en la...

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