Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de junio de 2017 por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de construcción de un aparcamiento junto a la nueva estación de Sa Pobla y se declara la urgente ocupación de los terrenos afectados por la necesaria expropiación

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyAcuerdo

Servicios Ferroviarios de Mallorca (en adelante, SFM) es una entidad pública empresarial integrante del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, adscrita a la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad. Tiene como finalidad institucional, de acuerdo con sus Estatutos, aprobados por el Decreto 44/2015, de 22 de mayo (BOIB n.º 77, de 23 de mayo), que rigen su actuación, la gestión y la explotación del transporte público ferroviario prestado en Mallorca en el marco competencial del Gobierno.

SFM se rige, además de por sus Estatutos, por las disposiciones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aplicables a las entidades públicas empresariales, y por el resto de disposiciones que le sean de aplicación. Se somete a los principios de legalidad, servicio e interés general, eficacia, eficiencia, estabilidad y transparencia, y debe ajustarse al principio de instrumentalidad con respecto a las finalidades y objetivos que tiene asignados.

En 2013 se inauguró la nueva estación ferroviaria de Sa Pobla, en unos terrenos adyacentes a la ronda. Para facilitar el acceso a la estación y potenciar la intermodalidad se ha estimado necesaria la construcción de un aparcamiento en los terrenos adyacentes, con capacidad suficiente para absorber la demanda a corto y medio plazo, disuasorio de la utilización del vehículo particular, todo ello con la intención de fomentar la utilización del transporte público. El referido aparcamiento estará integrado en la Red Ferroviaria de Interés General de las Illes Balears, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de Transportes Terrestres y Movilidad Sostenible de las Illes Balears.

Mediante la Resolución del director general de Movilidad y Transportes de 26 de mayo de 2016, se dispuso aprobar inicialmente el proyecto, que se publicó en el BOIB n.º 71, de día 7 de junio 2016, así como en varios medios de prensa de gran difusión, en cumplimiento de lo dispuesto en este sentido en la legislación de expropiación forzosa.

Una vez finalizado el plazo de la información pública del proyecto, no se ha presentado ninguna alegación.

Como se desprende de los antecedentes, una vez que se haya tramitado el proyecto de obras y se haya evacuado el trámite de información pública correspondiente a efectos de lo dispuesto en la normativa sectorial ferroviaria (Ley 38/2015, de 29 de...

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