Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d’Eivissa en relación con la concesión de ayudas económicas para las personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas del ámbito cultural en la isla de Eivissa, para paliar los efectos de la declaración del estado de alarma provocado por la Covid-19

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
Rango de LeyAcuerdo

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público el acuerdo de Consejo Ejecutivo de día 12 de febrero de 2021, siguiente, dictada de acuerdo con los artículos 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y con la base 12,6 de la convocatoria de ayudas, siempre respetando la normativa de protección de datos personales:

«...en la reunión ordinaria de día 12 de febrero de 2021 del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, han acordado aprobar por unanimidad de sus miembros (8), la siguiente propuesta:

(...)

15. Propuesta de la consejera ejecutiva del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni, al Consejo Ejecutivo en relación con la concesión de ayudas económicas para las personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas del ámbito cultural en la isla de Eivissa, para paliar los efectos de la declaración del estado de alarma provocado por la Covid-19

En fecha 7-08-2020 el Consejo Ejecutivo aprobó la convocatoria de las ayudas económicas para las personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas del ámbito cultural en la isla de Eivissa, para paliar los efectos de la declaración del estado de alarma provocada por la Covid-19, sus bases reguladoras y su extracto. Igualmente delegó en la consejera del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni la competencia para resolver la concesión de las ayudas, la revocación, si fuese el caso, y el reconocimiento de la obligación del pago.

En fecha 15 de agosto de 2020 se publicaron, en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) número 141, las bases reguladoras. Así mismo, en el BOIB núm. 144, de 20 de agosto de 2020, se publicó el extracto. Así, de acuerdo con la base séptima de las ayudas, el plazo para presentar solicitudes se inició el día 21 de agosto y finalizó el día 31 de octubre de 2020.

En fecha 13-11-2020 se publicó la primera propuesta de resolución provisional y se abrió un plazo de 10 días para presentar alegaciones, palzo que finalizó el día 27-11-2020, sin que se presentara ninguna alegación, según el informa de la Oficina d'Assitència en Matèria de Registro de fecha 2-12-2020.

En fecha 04-12-2020 se publicó la segunda propuesta de resolución provisional y se abrió un plazo de 10 días para presentar alegaciones, plazo que finalizó el día 22-12-2020. En fecha 28-12-2020 la Oficina d'Assitència en Matèria de Registro informó que se había presentado una alegación, que se ha tenido en cuenta a la hora de proponer esta resolución definitiva.

En fecha 28-01-2021 se publicó la tercera propuesta de resolución provisional y se abrió un plazo de 10 días para presenta alegaciones, plazo que acabaría el...

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