Orden Foral 46/2013, de 7 de marzo que aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades físico deportivas para personas discapacitadas, a través de asociaciones sin fines de lucro, para el año 2013.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Euskera, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden foral

El Departamento de Euskera, Cultura y Deporte contempla apoyar económicamente la realización de actividades físico deportivas para personas discapacitadas, a través de asociaciones sin ánimo de lucro, durante el año 2013.

A tal fin, es preceptivo establecer el marco regulador específico al que han de ajustarse las actividades físico deportivas para personas discapacitadas para las que el Departamento arbitre las oportunas subvenciones.

Visto el informe emitido por el Jefe del Servicio de Deporte.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Primero.- Aprobar la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades físico deportivas para personas discapacitadas, a través de asociaciones sin ánimo de lucro, que regirán en el ejercicio 2013, con una dotación máxima de treinta y cinco mil (35.000 euros), que se regulará por lo previsto en el Decreto Foral 4/2012, del Consejo de Diputados de 7 de febrero, publicado en el BOTHA nº 20 de 17 de febrero de 2012, que aprobó las bases generales reguladoras aplicables a las subvenciones que se otorguen en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de las competencias del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte y las bases específicas que se incluyen en el Anexo a esta Orden Foral.

Segundo.- La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.06.73.00.461.00.04 "Ayuda Asociaciones Personas Discapa -citadas", línea 70-0.089, contraído 105-649, del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2012, prorrogado para el ejercicio 2013.

Tercero.- El órgano competente, y a la vista de la propuesta del Servicio de Deporte, dictará la resolución que proceda, en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la convocatoria en el BOTHA. Transcurrido el plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada la solicitud.

Cuarto.- La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante la Diputada Foral titular del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente.

Quinto.- La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las formas previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto.- Publicar la presente convocatoria en el BOTHA. Vitoria-Gasteiz, 7 de marzo de 2013.- Diputada de Euskera, Cultura y Deporte, ICIAR LAMARAIN CENITAGOYA.

Anexo a la Orden Foral

Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades físico deportivas para personas discapacitadas durante el año 2013

Primera.- Objeto y finalidad.

La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, cuya finalidad es colaborar en la financiación de los gastos ocasionados en la realización de actividades físico deportivas para personas discapacitadas, realizadas en el año 2013.

Por actividades físico deportivas para personas discapacitadas se entienden las encaminadas a promover la práctica físico deportiva entre colectivos de personas discapacitadas y grupos con características especiales.

Estas ayudas deben entenderse como una contribución que, juntamente con las que puedan realizar otras Entidades tanto públicas como privadas, faciliten su realización.

Esta convocatoria se regulará por lo previsto en el Decreto Foral 4/2012, del Consejo de Diputados, de 7 de febrero, publicado en el BOTHA nº 20, de 17 de febrero de 2012, que aprobó las bases gene -rales reguladoras aplicables a las subvenciones que se otorguen en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de las competencias del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte y las bases específicas que se incluyen en este Anexo a la Orden Foral.

Segunda.- Imputación presupuestaria.

El cómputo total de las subvenciones no podrá superar en ningún caso la dotación destinada al efecto, 35.000 euros, imputables a la partida 70.1.06.73.00.4.6.1.00.04 denominada "Ayuda Asociaciones Personas Discapacitadas", del Presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2012, prorrogado para el ejercicio 2013.

Tercera.- Asociaciones y/o Entidades beneficiarias y excluidas.

Serán entidades beneficiarias: a) Los clubes y agrupaciones deportivas adscritos/as a la Fede -ración Alavesa de Deporte Adaptado. b) Cualquier entidad sin ánimo de lucro, radicada en el Territorio Histórico de Álava y debidamente inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco.

No tendrán la consideración de beneficiarios aquellas entidades que que encuentren en las situaciones de exclusión contempladas en la Base Tercera del Decreto Foral 4/2012, del Consejo de Diputados, de 7 de febrero, que aprobó las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte.

Quedan excluidas expresamente de la presente convocatoria las actividades de aquellas entidades que tengan partida nominativa propia en el Presupuesto de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2012, prorrogado para el ejercicio 2013 o en la Norma Foral...

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