31/2019 FORU AGINDUA, martxoaren 15ekoa, Ogasuneko eta Finantza Politikako kontseilariak emana, Estatuaren eta Nafarroako Foru Komunitatearen arteko Hitzarmen Ekonomikoaren 51. artikuluan araututa dagoen Arbitraje Batzordeko kide bat izendatzen duena.
Sección | I. Nafarroako Foru Komunitatea |
Estatuaren eta Nafarroako Foru Komunitatearen arteko Hitzarmen Ekonomikoa onetsi zuen abenduaren 26ko 28/1990 Legearen 51. artikuluan Arbitraje Batzorde bat arautzen da, eta eginkizun hauek esleitzen zaizkio:
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Hitzarmen hau interpretatzearen ondorioz eta bakoitzaren tributu harremanei buruzko kasu konkretuetara aplikatzearen ondorioz administrazio interesdunen artean sortzen diren gatazkak ezagutzea.
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Estatuko Administrazioaren eta Nafarroako Foru Komunitateko Administrazioaren artean edo Nafarroako Foru Komunitateko Administrazioaren eta beste autonomia erkidego bateko administrazioaren artean auzi hauen gainean sortzen diren gatazkak konpontzea: Nafarroako Foru Komunitateak ordainarazi behar dituen tributuen lotura puntuen aplikazioa eta, sozietateen gaineko zergan edo balio erantsiaren gaineko zergan, baterako tributazioa egiten denean administrazio bakoitzari dagokion proportzioa zehaztea.
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Zergadunen helbideratzea dela-eta sor daitezkeen desadostasunak konpontzea.
Bestalde, 51. artikulu horren 2. apartatuan ezarrita dago hiru kidek osatuko dutela Arbitraje Batzordea, Ogasuneko ministroak eta Nafarroako Gobernuko Ekonomia eta Ogasuneko kontseilariak (gaur egun, Ogasuneko eta Finantza Politikako kontseilaria denak) izendatuko dituztenak zerga edo ogasun arloan ospe handia duten adituen artean, eta izendapena sei urterako izanen dela. Adierazten da, orobat, posturen bat hutsik geldituz gero, izendapen prozedura bera erabiliz beteko dela. Kasu horretan, ordezkatuaren agintaldia bukatzeko falta den denborarako izendatuko da kide berria.
Ildo beretik jotzen du Arbitraje Batzordearen Erregelamenduak, martxoaren 24ko 353/2006 Errege Dekretuaren bidez onetsi zenak. Erregelamendu horren 5.1 artikuluak gaineratzen du arbitroen izendapena Estatuko Aldizkari Ofizialean eta Nafarroako Aldizkari Ofizialean argitaratu behar dela. Era berean, erregelamendu horren 5.3 artikuluan ezartzen da arbitroek kargua utziko dutela norberak eskatuta edo legez ezarritako kausak gertatzen direnean, eta kargu-uztea ere aldizkari horietan argitaratu beharra dagoela.
Hitzarmen Ekonomikoaren 51. artikuluan ezarritako Arbitraje...
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