Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos de 31 de enero de 2014 por la que se autoriza a la Fundación para el Deporte Balear para impartir las formaciones del bloque común en periodo transitorio en régimen semi presencial.

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Rango de LeyResolución

Antecedentes

  1. La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre de la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial y la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 28 de julio de 2008 de regulación de las enseñanzas deportivas de régimen especial en las Illes Balears, establecen que la oferta educativa se debe flexibilizar para que sea compatible con otras actividades deportivas o laborales. En el artículo 24 b) del RD establece que se debe hacer “En régimen de enseñanza presencial o a distancia” y en el apartado 24.2 que la Administración educativa, en el ámbito de sus competencias, establecerá las medidas necesarias para la organización de la oferta”.

  2. La disposición final primera de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 28 de julio de 2008, autoriza al director general de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas (actualmente Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos) para disponer la realización de las actuaciones administrativas necesarias para la ejecución, desarrollo y para la concreción de esta Orden, en cuanto a las enseñanzas deportivas de régimen especial que se deban desarrollar en las Illes Balears.

  3. La disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, establece las formaciones de periodo transitorio y da a los órganos competentes en materia deportiva de cada Comunidad Autónoma las competencias para promover y/o autorizar estas formaciones. Estas formaciones del periodo transitorio quedan reguladas en la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre.

  4. Con la Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos de 22 de julio de 2013 (BOIB núm. 136, de 3 de octubre) se reguló y organizó la oferta en régimen semi presencial de las enseñanzas deportivas de régimen especial y del bloque común de las formaciones de período transitorio, y del procedimiento de solicitud y autorización de este tipo de oferta.

  5. La Consejería competente en Deportes delegó en la Escuela Balear del Deporte (EBE) actualmente Fundación para el Deporte Balear, la posibilidad de promover y/o autorizar las formaciones de las federaciones autonómicas y españolas en período transitorio. El Decreto 2/2009, de 16 de enero, regula las actividades de formación que imparten las federaciones deportivas en las Illes Balears concretando el procedimiento de solicitud de autorización.

  6. Posteriormente la Orden EDU/581/2011, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, da una nueva...

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