Visto el texto del acuerdo alcanzado el día 18 de enero de 2000, entre la Asociación de Auxiliares y Empleados de Farmacia de Bizkaia, y por la otra, la Asociación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Bizkaia, componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial para Oficinas de Farmacia de Bizkaia, ...

SecciónAdministración Autonómica del Pais Vasco
EmisorDepartamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social

Visto el texto del acuerdo alcanzado el día 18 de enero de 2000, entre la Asociación de Auxiliares y Empleados de Farmacia de Bizkaia, y por la otra, la Asociación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Bizkaia, componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial para Oficinas de Farmacia de Bizkaia, con vigencia 1999, 2000 y 2001, con código 4800965, cuya inscripción, depósito y publicación se acordó con fecha 20 de abril de 1999, y en cuya virtud se ha procedido a la revisión del mismo para el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2000, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto del Gobierno Vasco 3/1981, de 2 de marzo, y Orden de 3 de noviembre de 1982, del Consejero de Trabajo, sobre

creación y organización del Registro de Convenios Colectivos.

Esta Delegación Territorial de Trabajo,

ACUERDA:

  1. o Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Sección Territorial de Bizkaia la revisión para su segundo año de vigencia del Convenio Colectivo para Oficinas de Farmacia de Bizkaia, con notificación a la Comisión Negociadora.

  2. o Proceder a su correspondiente depósito en la Secretaría General de esta Delegación.

  3. o Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

  4. o Notificar la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra la misma, podrán interponer recurso de alzada ante el Director de Trabajo del Gobierno Vasco, en el plazo de 1 mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 114, en relación con el artículo 115, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, en relación con el artículo 16 del Decreto 303/1999, de 27 de julio, del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social.

En Bilbao, a 31 de enero de 2000.-El Delegado Territorial de Trabajo, Luis Fernando Picaza Cortés

TABLAS SALARIALES AÑO 2000

Categorías 2000

Técnico Farmaceútico 176.942 (*)

Auxiliar Mayor Diplomado 139.442 (*)

Auxiliar Diplomado 127.490 (*)

Auxiliar 115.596 (*)

Ayudante 104.282(*)

Contrato de formación de 1.er año 60.057 (*)

Contrato de formación de 2.o año 60.057 (*)

Contrato de formación de 3.er año 63.590 (*)

Contrato de formación menores de 18...

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