Decreto por el que se crea la Unidad de Información y Trámite y se regula la Puesta en funcionamiento de Instalaciones Industriales en el Ámbito de las Illes Balears (Decreto 25/2003, de 28 de marzo)

Publicado enBOIB
Ámbito TerritorialNormativa de Baleares
RangoDecreto

El proceso liberalizador en el sector industrial se inicia con el Decreto 157/1963, de 26 de enero, de libertad de instalación, ampliación y traslado de industrias, que estableció tres grupos con diferente régimen: a) industrias de libre instalación, que solamente necesitaban la inscripción en el Registro Industrial; b) industrias sometidas a condiciones técnicas y dimensiones mínimas; c) industrias sujetas a autorización administrativa previa. Con esta nueva regulación se quiso poner fin al sistema de la necesidad de autorización administrativa previa propia de la época en que estuvo vigente la Ley 24 de noviembre de 1939, y simbolizaba el cambio político, social y económico de una nueva etapa.

Después de diversos avances en el proceso liberalizador (Decretos de 22 de julio de 1967 y 25 de febrero de 1977), se publica el Real decreto 2135/1980, de 26 de septiembre, cuyo principal objetivo es adaptar el proceso liberalizador industrial a las nuevas pautas que marca la Constitución española y, en particular, su artículo 38 que reconoce la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado y establece que los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio de acuerdo con la exigencia de la economía general y, en su caso, de la planificación. A través de dicha disposición se da un paso más hacia la liberalización industrial no sólo a través de la eliminación de la autorización administrativa previa para la mayoría de las industrias e instalaciones industriales, sino de la eliminación de trámites de tal forma que la elaboración de un proyecto y la certificación por técnicos competentes resultarán requisitos suficientes para la puesta en funcionamiento de las mismas.

A partir de 1 de enero de 1986, la economía española se vio sustancial-mente afectada por nuestra adhesión a la Comunidad Europea. A raíz de este nuevo contexto político y social se dictó el Real Decreto-Ley 1/1986, de 14 de marzo, sobre política económica que contiene determinadas medidas administrativas que persiguen una doble finalidad: de un lado, simplificar los trámites administrativos de creación, instalación, traslado y ampliación de empresas, medidas inspiradas en el principio de eficacia en la actuación de la Administración pública, declarado en su día norma jurídica obligatoria por la Ley de procedimiento administrativo y a la que el artículo 103.1 de la Constitución española ha venido a dar un respaldo constitucional expreso; y, de otro, eliminar las trabas que se consideran obstáculos entorpecedores para una moderna gestión burocrática y para el establecimiento de un adecuado clima de relaciones con los ciudadanos. De ahí el carácter positivo del silencio administrativo y la introducción de los sistemas de comunicación telegráfica, por télex, o cualquiera otro que permita tener constancia por escrito y siempre que ofrezca las debidas garantías de autenticidad.

Un paso más en la implantación antes descrita emana de la vigente Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria que consagra de modo definitivo el cumplimiento de las exigencias reglamentarias mediante las certificaciones o actas emitidas por los organismos de control, instaladores o conservadores autorizados o técnico facultativo competente. Por otro lado las condiciones de normalización aprobadas por el Consejo de la Unión Europea, que dieron lugar a la Directiva del Consejo 83/189/CEE establece la obligación de respetar el statu quo, absteniéndose, en consecuencia, de normalizar en el ámbito nacional aspectos que están normalizados en el ámbito europeo, debiendo los estados miembros tomar las medidas necesarias para que esos organismos de normalización respeten estos derechos y hagan cumplir dichas obligaciones.

Definida así la filosofía liberalizadora, se requiere para su adaptación a la realidad física el instrumento adecuado para su aplicación y el aprovechamiento e incorporación de los medios que las nuevas tecnologías permiten. Este es el objeto que se persigue mediante la creación de una...

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