Resolución de la Delegada Territorial de Bizkaia del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito de la modificación del Convenio Colectivo del Sector Comercio del Metal de Bizkaia (código de convenio n.o 48000575011981).
Sección | Administración Autonómica del Pais Vasco |
Emisor | Departamento de Empleo y Políticas Sociales |
Resolución de la Delegada Territorial de Bizkaia del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito de la modificación del Convenio Colectivo del Sector Comercio del Metal de Bizkaia (código de convenio n.o 48000575011981).
ANTECEDENTES
Primero.-Por vía telemática se ha presentado en esta delegación el convenio citado, suscrito por la representación patronal y la representación sindical.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.-La competencia prevista en el art. 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29-3-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 19.1.g del Decreto 191/2013, de 9 de abril (BOPV de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (BOPV de15-02-2011) y con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE de 12/06/2010) sobre registro de convenios colectivos.
Segundo.-El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.-Ordenar su inscripción y depósito en la Sección Territorial de Bizkaia del Registro de Convenios Colectivos, con notificación a las partes.
Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».
En Bilbao, a 12 de julio de 2013.-La Delegada Territorial de Bizkaia, Iciar González Carrasco
Acta del acuerdo adoptado dentro del Convenio Provincial de Bizkaia de Comercio Metal
Reunidos en Bilbao, el día 7 de julio de 2013, en las instalaciones de CECOBI en Gran Vía 50, 5.a planta, de una parte, CECOBI, integrada en CEBEK, representada por los abajo firmantes.
De otra parte, las centrales sindicales UGT, CCOO, LAB y ELA con la representación que consta en el Acta de constitución de la mesa negociadora de fecha 7 de julio de 2009, representadas todos ellos por los abajo firmantes.
ACUERDAN
Primero.-Proceder a la firma de la presente Acta que vincula a ambas partes con el fin de prorrogar la vigencia del Convenio Colectivo referenciado, más allá de la fecha del 7 de julio de 2013 para evitar la pérdida de vigencia conforme a lo establecido en el artículo 86.3 del ET y la DT 4.a de la Ley 3/2012 de 6 de julio, prórroga que se acuerda hasta la fecha del 30 de septiembre de 2013, salvo que con anterioridad se firme el...
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