Decreto Foral 38/2008, del Consejo de Diputados de 20 de mayo, por el que se aprueba el régimen de sustituciones de las Direcciones de los Departamentos Forales de la Diputación Foral de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento del Diputado General
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 38/2008, del Consejo de Diputados de 20 de mayo, por el que se aprueba el régimen de sustituciones de las Direcciones de los Departamentos Forales de la Diputación Foral de Álava.

En la Diputación Foral de Álava, el régimen de susticiones de los diputados forales está regulado por el Decreto Foral del Consejo de Diputados 253/2007, de 13 de diciembre; el de los responsables de las unidades administrativas por Decreto Foral del Consejo de Diputados 82/1997, de 31 de julio, y el de los titulares de las Direcciones de los Departamentos en el Acuerdo 515/2004, de 6 de julio, conforme a la organización departamental de la anterior legislatura.

La actual organización departamental está establecida por Decreto Foral del Diputado General nº 187/2007, de 8 de agosto, y desarrollada por los diversos Decretos Forales aprobados por el Consejo de Diputados en sesión celebrada en esta misma. Como en diversos Departamentos las Direcciones son únicas, ha de aprobarse el régimen de sustituciones de sus titulares en casos de ausencia, enfermedad, imposibilidad temporal, abstención o recusación de los mismos.

De conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la ley 30/1993, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Püblicas y del Procedimiento Administrativo Común, la suplencia no implicará alteración de la competencia. A tal fin, a propuesta de los Diputados que correspondan, se prevé la sustitución en estos casos por los titulares de las Direcciones de otros Departamentos.

En su virtud, a propuesta del Diputado General y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada el día de hoy,

DISPONGO

Primero.- En los casos de ausencia, enfermedad, imposibilidad temporal, abstención o recusación de las Direcciones de los Departamentos de la Diputación Foral de Álava, sus respectivos titulares serán sustituidos en la siguiente forma:

  1. - En los Departamentos en los que existan dos Direcciones, sus titulares se sustituirán de forma recíproca.

  2. - En el Departamento del Diputado General el titular de la Dirección del Gabinete y el de la Dirección de Régimen Jurídico se sustituirán recíprocamente. A la titular de la Dirección de Comunicación le sustituirá el Director de la Dirección del Gabinete y, en su defecto, el titular de la Dirección de Régimen Jurídico.

  3. - En los Departamentos en los que exista una única Dirección se seguirá el siguiente orden de sustitución: - El titular de la Dirección de Innovación y...

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