Orden Foral 416/2010, de 22 de septiembre, de suspensión de la aprobación definitiva del expediente de Plan Parcial del Sector SAU-T1 de Trespuentes, municipio de Iruña de Oca.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local <Br>Y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 416/2010, de 22 de septiembre, de suspensión de la aprobación definitiva del expediente de Plan Parcial del Sector SAU-T1 de Trespuentes, municipio de Iruña de Oca.

  1. ANTECEDENTES

    Primero.-

    1. Por Orden Foral 477 de 30 de mayo de 2000 fue aprobado definitivamente el expediente de Modificación puntual de las Normas Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente por Orden Foral 140 de 7 de diciembre de 1998. Dicha modificación rectificaba la delimitación inicial del Sector, disminuyendo su extensión al excluir del ámbito a 2 de sus parcelas, así como el nº de viviendas posibles, que pasó de 14 a 11 unidades con una densidad de 6,10 vvdas/Ha.

    2. Por Orden Foral 297 de 27 de marzo de 2001 fue aprobado definitivamente un expediente de Plan Parcial de Ordenación del Sector SAU-T1 para edificar 11 viviendas unifamiliares sobre la superficie delimitada de 18.408 m2 de suelo. C) Por Orden Foral 839 de 13 de enero de 2009 fue aprobado definitivamente un nuevo expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias Municipales, cuyas nuevas determinaciones han de entenderse, como la adaptación de la Normativa Urbanística General a lo dispuesto en la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo, y más concretamente, a lo dispuesto en su art. 77 sobre límites a la edificabilidad urbanística, determinándose la posibilidad de edificar en el ámbito del Sector, 27 viviendas y una edificabilidad máxima de 0,25 m2techo/m2suelo.

    La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco 5/2008, en su informe respecto a dicha modificación, hace especial hincapié, en lo relativo a los aspectos de inundabilidad motivada por la proximidad del arroyo la Narreca, remitiendo a lo señalado en el informe de la Agencia Vasca del Agua (URA), el cual condiciona la edificación del Sector al cumplimiento de varias determinaciones de carácter vinculante, entre las que destaca que los retiros establecidos en el PTS de Ordenación de Márgenes de los Ríos y Arroyos de la CAPV, deberán ser incrementados en las zonas afectadas por inundabilidad conforme a los "Criterios de Usos del Suelo en función de su grado de inundabilidad", para lo cual se precisa un previo "Estudio de Inundabilidad".

    Segundo.- En fecha 23 de julio de 2010 y número de registro de entrada 12770 se recibió un oficio del Ayuntamiento de Iruña de Oca remitiendo el expediente de un nuevo Plan Parcial del Sector SAUT1 en Trespuentes, con el fin de que le fuera concedida la aprobación definitiva si procediera.

    Tercero.- Del examen de los documentos que componen el expediente se desprenden los siguientes hechos fundamentales en su tramitación:

    1. Por resolución del Alcalde de fecha 6 de mayo de 2010, se acordó aprobar inicialmente el Plan Parcial y someterlo a información pública por el plazo de 20 días hábiles, haciéndose efectiva mediante la inserción de los respectivos anuncios en el BOTHA nº 54, de 19 de mayo de 2010, en el periódico "Diario de Noticias de Álava" de 17 de mayo de 2010 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. b) Dicha aprobación inicial fue notificada a la Junta Administrativa del Concejo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR