A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación a doña M.a del Carmen, doña Ana M.a, doña Begoña, don. Pedro, don Javier y doña Maitena Azumendi Sanz y doña Patricia Azumendi Hernández, cuyo domicilio resulta desconocido, se hace saber que...

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Derio

A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación a doña M.a del Carmen, doña Ana M.a, doña Begoña, don. Pedro, don Javier y doña Maitena Azumendi Sanz y doña Patricia Azumendi Hernández, cuyo domicilio resulta desconocido, se hace saber que:

Mediante Orden Foral n.o 493/1995, de 27 de julio, («B.O.B.» n.o 172, de 8 de septiembre) ha sido aprobado definitivamente el Plan Parcial del Sector «Txozna» de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.

En él se establece la delimitación de una única Unidad de Ejecución que comprende una superficie de 55.774 m2, con los siguientes linderos:

Norte: Barrios de San Isidro y Aldekone.

Sur: Cementerio de Vista Alegre y Barrio de Arteaga.

Este: Barrios de Aldekone y Arteaga.

Oeste: Cementerio de Vista Alegre.

Iniciado el expediente reparcelatorio por ministerio de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 165.1 de la Ley del Suelo y 101.1 del Reglamento de Gestión Urbanística, conforme a la Providencia de la Alcaldía de fecha 02.11.95, le notifico lo siguiente:

1.-Se advierte a usted como copropietario, de las fincas número P.16 y P.17 de las incluidas en la delimitación de la Unidad Reparcelable Txozna de su derecho a presentar el Proyecto de Reparcelación dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recepción de esta providencia de iniciación del expediente, formulado al menos por los propietarios que representen los dos tercios del número total de propietarios interesados y, como mínimo, el ochenta por ciento de la superficie reparcelable (artículos 165.4.a) de la Ley del Suelo y 106 del Reglamento de Gestión), con sujeción a los criterios establecidos en el artículo 106.1 con la advertencia expresa de que, para el supuesto de no hacer uso de este derecho en el plazo señalado, el Proyecto será redactado de oficio por este Ayuntamiento (artículos 165.4.b) de la Ley del Suelo y 107 del Reglamento de Gestión), a costa y cargo de los propietarios (artículo 100 del Reglamento de Gestión); y sin perjuicio, en todo caso de la facultad de los propietarios afectados de hacer en el plazo señalado expresa manifestación de su propósito de no hacer uso del citado derecho de presentación del Proyecto de Reparcelación para lo que podrá utilizar, si es su deseo, el impreso que se adjunta.

2.-Se le informa, como propietario afectado, que:

a)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR