Notificación de incoación de expedientes sancionadores a los conductores identificados como responsables de una infracción a las ordenanzas municipales y/o a las normas de tráfico, circulación y seguridad vial.
Sección | Municipios |
Emisor | Vitoria-Gasteiz |
Por resolución de la Concejala Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Presupuestos, actuando por delegación del Ilmo. Sr. Alcalde (Decreto de delegación de 21/06/2007) se resolvió incoar los expedientes sancionadores que se relacionan, contra los conductores identificados, por los titulares de los vehículos cuyas matrículas aparecen relacionadas, como responsables de la infracción reseñada.
De conformidad con lo establecido en los artículos 59-4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92) se realiza la notificación mediante este Anuncio al haberse intentado sin efecto la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores relacionados.
Los interesados, directamente o por medio de representante que reúna los requisitos exigidos en el artículo 32 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, podrán examinar los expedientes sancionadores en la Unidad de Sanciones de Tráfico del Departamento Municipal de Hacienda y Economía durante el horario de atención al público.
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados a quienes debe servir de notificación individual con las siguientes advertencias: 1.- Instructor del expediente
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del RD 320/94, de 25 de febrero, el instructor de los expedientes es la Jefa de la Unidad de Sanciones de Tráfico del Departamento Municipal de Hacienda y Economía y, en su ausencia, el Director del citado Departamento. El instructor podrá ser recusado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. 2.- Órgano competente
El órgano competente para la resolución del expediente es la Concejala Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Presupuestos por delegación del Ilmo. Sr. Alcalde (Decreto de delegación de fecha 21/06/2007), en virtud de la competencia atribuida en el artículo 68-2 del RDL 339/90, de 2 de marzo, sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (B.O.E. 14/3/90). 3.- Plazo para el pago
La sanción podrá abonarse en cualquier momento de tramitación del procedimiento sancionador antes de que se dicte resolución sancionadora con una reducción del 30% sobre la cuantía correspondiente. 4.- Lugar y forma de pago
El importe de la multa podrá ser hecho efectivo utilizando cualquiera de estos medios: 1.- En cualquier oficina de Caja Vital Kutxa. 2.- En cualquier oficina de atención ciudadana de los diferentes C. Cívicos y en las oficinas centrales de Plaza España y Palacio Europa, mediante tarjetas de pago convenidas con entidades financieras. Horario de 09:30 a 14:00 por la mañana y de 16:30 a 19:30 por la tarde. 3.- En la oficina de Recaudación ubicada en la calle Eduardo Dato 11, mediante dinero de curso legal, cheque o tarjetas de pago convenidas con entidades financieras. Horario de 08:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes en días laborables. 4.- A través de Internet en la página web www.vitoria-gasteiz.org. 5.- A través de Giro Postal dirigido al Servicio de Recaudación, calle Eduardo Dato, 11. 5.- Escrito de descargo
En el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio, se podrá presentar escrito de descargo. Dicho escrito será presentado o remitido a cualquiera de los Registros u Oficinas a que hace referencia el artículo 38-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y preferentemente, por razones de mayor agilidad, al Departamento Municipal de Hacienda y Economía o al Negociado de Información y Registro del Ayuntamiento (Plaza de
España s/n) con las alegaciones que se estimen procedentes y aportando o proponiendo las pruebas que se consideren oportunas para corroborar las alegaciones. El Instructor del expediente elevará a la Concejala Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Presupuestos la propuesta de resolución que proceda. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13-2 del RD 1398/1993, de 4 de agosto, si no se presenta escrito de descargo en el plazo indicado, la iniciación del procedimiento se considerará propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD citado. 6.- Plazo para la resolución del procedimiento Si no hubiese recaído resolución transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá la caducidad de éste y se procederá al archivo de las actuaciones. Para el cómputo de este plazo, se tendrán en cuenta los supuestos de suspensión previstos en los artículos 16 del RD 320/94, de 25 de febrero y 42 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/99. 7.- Prescripción de la acción para sancionar Tres meses para las infracciones de carácter leve, seis meses para las graves y un año para las muy graves, contados a partir del día de la infracción. Para el cómputo de dicho plazo, se tendrán en cuenta los supuestos de interrupción de la prescripción previstos en los artículos 18.1 del RD 320/94 y 42 de la Ley 30/92.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de julio de 2008.- La Jefa del Servicio de Recaudación, ANA GUTIÉRREZ SOLANA.
MATRIKULA | TITULARRA | HAUTSITAKO ARAUA | EGUNA | ESPEDIENTEA | BULETINA | ZENBATEKOA |
MATRÍCULA | TITULAR | PRECEPTO INFRINGIDO | FECHA | EXPEDIENTE | BOLETÍN | IMPORTE |
8358-DRY | ALONSO ARAMENDIA, OSCAR | ART.65.4.K RDL 339/90 2/0 | 03/03/2008 | E040606DT /2008006841 | 1/066013754 | 91,00 |
1157-FVX | ALVAREZ DE ARCAYA LOPEZ, FEDERICO | ART.94.2.E RD 1428/2003 2 | 15/10/2007 | E030218S1 /2007034193 | 3/002400431 | 45,08 |
0897-CML | AMEDO MARTINEZ DEL CAMPO, JOSE ANTONIO | ART.10.10.1 ORDENANZA 18/ | 26/05/2008 | E030218S1 /2008014407 | 1/005389094 | 30,05 |
3048-BDZ | ANTOÑANA HERMOSA, IÑAKI | ART.10.10.2 ORDENANZA 18/ | 02/04/2008 | E030218S1 /2008009394 | 1/005366933 | 30,05 |
1923-FWS | APIÑANIZ ALBENIZ, IÑAKI | ART.91.2.H RD 1428/2003 2 | 11/03/2008 | E030207S1 /2008009608 | 1/002407592 | 92,00 |
8952-DLD | ARBULO ETAYO, JOSE ESTEBAN | ART.94.3 RD 1428/2003 21/ | 26/02/2008 | E030207S1 /2008009019 | 1/002408821 | 92,00 |
M -1634-WT | ARRIETA RODRIGUEZ, PABLO | ART.65.4.K RDL 339/90 2/0 | 01/03/2008 | E040606DT /2008006825 | 1/066013735 | 91,00 |
3186-FNP | ASTARBE UBETAGOIENA, JOSE MARIA | ART.91.2.M RD 1428/2003 2 | 21/03/2008 | E030207S1 /2008010701 | 1/002418245 | 92,00 |
1621-FBV | AZCONOBIETA IRASTORZA, MARIA ARANZAZU | ART.91.2.K RD 1428/2003 2 | 07/02/2008 | E040606DT /2008001610 | 1/065003906 | 150,25 |
5428-FNW | BACEIREDO GARCIA, VICTOR | ART.9.11.6 ORDENANZA 18/0 | 25/03/2008 | E030207S1 /2008010093 | 1/002411171 | 45,08 |
7270-CFL | BENITO VILLAR, JOSE LUIS | ART.10.10.2 ORDENANZA 18/ | 27/03/2008 | E030218S1 /2008008328 | 1/005366255 | 30,05 |
3908-FVD | BENVINDO, MARCIO MARGA | ART.91.2.H RD 1428/2003 2 | 14/03/2008 | E040606DT /2008006407 | 1/065004491 | 92,00 |
9484-BNT | BERAIZ FERNANDEZ DE BENGOECHEA, JORGE | ART.10.10.1 ORDENANZA 18/ | 08/03/2008 | E030207S1 /2008008237 | 1/005382316 | 30,05 |
1861-BYZ | BERNAL UGARTE, JON | ART.91.2.G RD 1428/2003 2 | 01/04/2008 | E030207S1 /2008010225 | 1/002404880 | 92,00 |
1305-FFS | BLANCO MARTINEZ, FRANCISCO JAVIER | R.G.C.-ART.50 | 28/03/2008 | E040606DT /2008007536 | 1/076020093 | 92,00 |
VI-6186- W | CARPIO MATIAS, PEDRO MARIA | ART.91.2.M RD 1428/2003 2 | 12/03/2008 | E030207S1 /2008010167 | 1/002416106 | 92,00 |
3220-CCN | CASTRO VILLAGRAN, CESAR RODRIGO | ART.91.2.I RD 1428/2003 2 | 11/12/200 |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba