Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 26 de enero de 2015 por la que se acuerda la movilidad en razón del servicio del personal de compras de las gerencias que se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorSERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Rango de LeyResolución

Antecedentes

  1. La Central Corporativa de Compras y Logística (C3L) se configura como un nuevo proyecto de centralización de los servicios con el que se pretende conseguir mejoras importantes en la gestión de las compras y en la logística.

  2. El proyecto centraliza y unifica la totalidad de los recursos materiales y humanos en materia de compras —que hasta la actualidad han estado en manos de las diferentes gerencias territoriales del Servicio de Salud de las Islas Baleares— con la finalidad de unificar todas las unidades o departamentos en el nuevo servicio centralizado, adscrito a los Servicios Centrales del Servicio de Salud.

  3. Para poder hacer efectivo el funcionamiento normal de la C3L, es necesario dotarla del personal necesario para desempeñar las funciones asignadas. Con esta finalidad, el 16 de enero de 2015 el Consejo de Gobierno adoptó un acuerdo por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos por el que el personal de compras de las gerencias se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares y se regula el procedimiento de movilidad en razón del servicio que se deriva de ello y se reordena el personal”. El Acuerdo se publicó íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el 17 de enero de 2015.

  4. El Plan dispone que hay que implementar diversas medidas de identificación, movilidad y reordenación de personal, y de modificaciones de plantillas. Así pues, hay que llevar a cabo las actuaciones siguientes después de identificar al personal afectado:

    · Por una parte, hay que llevar a cabo un proceso de movilidad en razón del servicio con el fin de destinar a los Servicios Centrales el personal fijo que presta servicio en los departamentos de compras adscritos a las gerencias territoriales del Servicio de Salud, e integrarlo en la plantilla correspondiente. La movilidad supone un cambio de adscripción, de manera que las personas afectadas pasarán a integrar la plantilla orgánica de los Servicios Centrales.

    · En cuanto al personal que esté en las situaciones de comisión de servicios o de promoción interna temporal, o que ocupe una jefatura, hay que actuar de la manera establecida en el Plan.

  5. Una vez identificadas las personas afectadas por las medidas previstas en el Plan, hay que implementar el proceso de movilidad oportuno, de conformidad con las indicaciones aprobadas por el Consejo de Gobierno.

    Consideraciones jurídicas

  6. La C3L es el resultado de un proyecto que centraliza y unifica la gestión y la totalidad de los recursos materiales y humanos en materia de compras. Con esta finalidad, hay que reordenar el personal afectado para que pase a depender de los Servicios Centrales del Servicio de Salud. Por ello era necesario diseñar un plan de ordenación de los recursos humanos (PORH) que estableciese diversas medidas de gestión de conformidad con la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

  7. Según el artículo 13 de la Ley 55/2003, los PORH son el instrumento básico de planificación global de los recursos humanos en un servicio de salud y deben especificar los objetivos en materia de personal y los efectivos y la estructura de los recursos humanos que se consideren adecuados para lograr esos objetivos.

  8. De conformidad con el artículo 80 de la Ley 55/2003, relativo a pactos y acuerdos que se adoptan en el seno de las mesas de negociación, los PORH se establecen como materia que debe ser necesariamente objeto de negociación.

  9. Por otra parte, según el artículo 5.2.f de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, corresponde al Consejo de Gobierno aprobar los PORH y los programas específicos para optimizar los recursos humanos.

  10. En virtud de las consideraciones anteriores, se diseñó un PORH relativo al personal de compras de las gerencias, en virtud del cual este se integra en la C3L, entre otras medidas de reordenación. Este PORH fue negociado con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Sanidad en la sesión del 22 de diciembre de 2014.

  11. En consecuencia, el 17 de enero de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de enero de 2015 por el que se aprueba el “Plan de ordenación de los recursos humanos por el que el personal de compras de las gerencias se integra en la Central Corporativa de Compras y Logística del Servicio de Salud de las Islas Baleares y se regula el procedimiento de movilidad en razón del servicio que se deriva de ello y se reordena el personal”.

  12. El punto 7 del Plan detalla el procedimiento que hay que seguir para dotar a la C3L de los recursos humanos adecuados para desempeñar las tareas que tiene encomendadas. El procedimiento consta de dos fases principales: la primera consiste en la identificación, la movilidad y la reordenación del personal; la segunda establece la modificación de plantillas y la ordenación...

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