Resolución de la Consejera Ejecutiva de Movilidad, Interior y Medio Ambiente de fecha 5 de febrero de 2015 por la que se convocan pruebas de constatación de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y transporte interior e internacional de viajeros en el ámbito de la isla de Ibiza

SecciónPrimera. Contratación Pública
EmisorCONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Rango de LeyResolución

La Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y su Reglamento aprobado el 28 de septiembre de 1990 determinan que para el ejercicio de las actividades de transportista de viajeros y de mercancías por carretera, de agencia de transporte de mercancías, de transitario y de almacenista-distribuidor, será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de capacitación profesional, que se reconocerá a aquellas personas que, justificada la posesión de los conocimientos necesarios, superen las pruebas que se convoquen y obtengan el correspondiente certificado, ahora regulado conforme lo que desarrolla la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999.

Estas normas prevén que las convocatorias las realizarán en sus territorios las Comunidades Autónomas en el ejercicio de las funciones delegadas por el Estado en la Ley Orgánica 5/87, de 30 de julio, y su efectividad, en el caso de las Illes Balears, se materializó al realizarse por la aplicación del Real Decreto 993/92 de 31 de julio la transferencia de los medios personales y materiales que las funciones señaladas necesitan. Posteriormente, en aplicación del art. 39 del Estatuto de autonomía y de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 5/1989 de 13 de abril, de los consejos insulares, se aprobó la atribución de competencias a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza y Formentera, en materias diversas.

El Pleno del Parlamento de las Illes Balears, en sesión ordinaria de día 21 de diciembre de 1998, aprobó la Ley de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de transportes por carretera. La Ley 13/1998, de 23 de diciembre, en el artículo 2.2.j. señala como competencia delegada del Consell Insular de Ibiza y Formentera la capacitación profesional para el ejercicio del transporte público.

Por todo esto, según el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/87 de 30 de julio y lo que dispone la Orden de 28 de mayo de 1999, así como el Decreto de Presidencia de fecha 4 de julio de 2011, visto el informe propuesta de fecha 4 de febrero de 2015 del jefe de sección de transportes con el visto y conforme de la Secretaria técnica del Área de Economia, Benestar Social i Esports, en sustitución del Secretario técnico del Área de Presidencia de la misma fecha, RESUELVO convocar pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior y internacional de...

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