Norma Foral 1/2004, de 19 de enero, de Ratificación del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Diputación Foral de Álava, para la financiación de las obras de restauración de las policromías del pórtico de la Catedral de Santa María, en Vitoria-Gasteiz (I actuación)

SecciónNormas Forales
Rango de LeyNorma foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 26 de Enero de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 11JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Ref. 373Norma Foral 1/2004, de 19 de enero, de Ratificación del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Diputación Foral de Álava, para la financiación de las obras de restauración de las policromías del pórtico de la Catedral de Santa María, en Vitoria-Gasteiz (I actuación) Las Juntas Generales de Álava en Sesión Plenaria celebrada el día 19 de enero de 2004, aprobaron la siguiente Norma Foral: NORMA FORAL 1/2004, DE 19 DE ENERO, DE RATIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE FOMENTO Y LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA, PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS OBRAS DE RESTAURACIÓN DE LAS POLICROMÍAS DEL PÓRTICO DE LA CATEDRAL DE SANTA MARÍA, EN VITORIA-GASTEIZ (I actuación). El Estatuto de Autonomía para el País Vasco, en su artículo 10 reconoce la competencia de la Comunidad Autónoma en materia de Patrimonio Histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. Por su parte, la Ley 27/83, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos atribuyen a estos últimos competencias de desarrollo y ejecución de las normas emanadas de las Instituciones Comunes en materia de conservación, mejora y restauración del Patrimonio Histórico Artístico Monumental y Arqueológico. A este respecto, el Parlamento Vasco aprobó la Ley 7/1990, de 3 de Julio, de Patrimonio Cultural Vasco, en la que se atribuyen a las Diputaciones Forales de los Territorios Históricos competencias en materia de fomento en la conservación, mejora, restauración y excavación de los bienes protegidos por dicha ley. Las competencias que en materia de fomento asigna la ley 7/90 a las Diputaciones Forales y la obligación de velar por la integridad del Patrimonio Cultural que la misma impone a los poderes públicos, llevará desde ese mismo momento a la Diputación Foral de Álava, a entender sobre los graves problemas de estabilidad que presentaba la Catedral de Santa María de Vitoria, proceso que culminó con la redacción final del "Plan Director para la Restauración Integral de la Catedral de Santa María". Consecuente con su liderazgo en el Plan Director para la Restauración Integral de la Catedral Santa María, la Diputación Foral de Álava, en el año 1999, remitió la documentación del Plan Director al Ministerio de Fomento, solicitando la inclusión de las obras comprendidas en dicho Plan, en los programas de inversión del Ministerio con cargo al 1% Cultural generado por la contratación de obra pública del Ministerio de Fomento. El Ministerio de Fomento tiene abierto un programa de intervención en el patrimonio histórico, arquitectónico y cultural, de titularidad pública, consistente en la realización de las obras necesarias para su conservación, mejora y rehabilitación, en virtud de lo establecido en el Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para la actuación conjunta en el Patrimonio Histórico Español. La Comisión Mixta del Acuerdo de Colaboración arriba citado, en su reunión XXXIX, de 27 de febrero del año en curso, aprobó colaborar con la Diputación Foral de Álava en la financiación de las obras de restauración de las policromías del pórtico de la Catedral de Santa María (I actuación) con una subvención de 771.100,00 euros, con cargo a las disponibilidades del 1% cultural, en dos ejercicios presupuestarios, tramitados por Convenios anuales, en los términos que se establecen en el Anexo II del presente Acuerdo. El artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, autoriza la cooperación económica, técnica y administrativa entre las Administraciones Locales y la Administración del Estado, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, con carácter voluntario y según las formas y términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar en todo caso, mediante los convenios administrativos que se suscriban. A tal efecto se ha redactado el Convenio que se adjunta a la presente resolución que contiene las condiciones en las que el Ministerio de Fomento va a colaborar con la Diputación Foral de Álava en el ejercicio 2003, en la financiación de las obras de restauración de las policromías del pórtico de la Catedral de Santa María de Vitoria - Gasteiz. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.b) 3 de la Norma Foral de Organización Institucional del Territorio Histórico de Álava, de 7 de marzo de 1983, corresponde a las Juntas Generales ratificar las propuestas de la Diputación Foral de Álava relativas a la suscripción de Convenios con el Estado. El Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Álava, en Sesión celebrada el 9 de diciembre de 2003, ha acordado suscribir un Convenio de colaboración con el Ministerio de Fomento para la participación de éste en la financiación de las obras de restauración de las policromías del pórtico de la Catedral de Santa María, en Vitoria-Gasteiz (I actuación). En base a lo dispuesto en el artículo 127 de la Norma Foral de 20 de diciembre de 1984, sobre Reglamento de Funcionamiento de las Juntas Generales, en la redacción dada al mismo por la Norma Foral 20/89, de 14 de marzo. Articulo Único Se ratifica el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Diputación Foral de Álava, para la financiación de las obras de restauración de las Policromías del Pórtico de la Catedral de Santa María, en Vitoria-Gasteiz (I actuación), en los términos acordados por el Consejo de Diputados en su Acuerdo 1033/2003, de 9 de diciembre. Vitoria-Gasteiz, 20 de enero de 2004.- La Presidenta, MARÍA TERESA RODRÍGUEZ BARAHONA.

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